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La Audiencia Provincial revoca la admisión de la querella contra Tezanos y pide que se archive

Redacción by Redacción
18 octubre, 2021
in Internacional
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La Audiencia Provincial de Madrid ha revocado el auto por el que se admitía la querella contra José Félix Tezanos, presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), por presunta malversación de caudales públicos, y ha pedido su archivo. El Juzgado de Instrucción número 29 de Madrid había admitido a trámite una querella presentada por Vox contra el responsable del organismo público, al que acusaba de hacer un uso “irregular” del mismo y de manipular las encuestas “con fines partidistas y para beneficiar al PSOE”. La jueza instructora había llamado a declarar a Tezanos en calidad de investigado el próximo 29 de octubre. La Audiencia Provincial ha decidido estimar el recurso de apelación interpuesto por la Abogacía del Estado, y al que la Fiscalía se había sumado, al no ver “apariencia de delito” y considerar que se trata de una cuestión política “ajena al derecho penal”.

El partido liderado por Santiago Abascal sostenía que Tezanos utiliza el CIS de forma “irregular”, “con fines partidistas y únicamente para beneficiar al PSOE”. Lo acusaba, entre otras cosas, de manipular las encuestas para beneficiar a los socialistas ante la opinión pública. Una tesis que rechazan tanto la Abogacía del Estado como la Fiscalía, que recurrieron la admisión a trámite de la querella por parte de la jueza María Cristina Díaz Márquez y solicitaron su archivo. “El denunciante nada acredita respecto de los indicios existentes relativos a la comisión del delito denunciado”, subrayó el ministerio público en un escrito, en el que incidió en que no podía iniciarse una investigación judicial basada simplemente en noticias de prensa, “comentarios y opiniones en redes sociales”, y “sin aportar ninguno de los expedientes que sostienen la realización de las encuestas”.

Información

La Audiencia Provincial ha dado la razón al ministerio público y ha argumentado que, para que exista el delito que se denuncia, tiene que haber una “sustracción” de los bienes públicos “de su destino genuino”, algo que la documentación aportada en la querella de Vox no aparecía fundamentada. Tampoco hay constancia, continúa el tribunal de la sección número 16 de la Audiencia de Madrid, de en qué pudo consistir la infracción en la contratación de empresas para la realización de encuestas por parte del CIS, ni queda acreditado que el querellado, José Félix Tezanos, “atendiera a fines espurios”, como beneficiar al partido que lo nombró, tal y como afirmaba la formación liderada por Santiago Abascal. “Tales afirmaciones amparadas en valoraciones meramente subjetivas no son sino simples conjeturas e hipótesis, huérfanas de sustento probatorio alguno. Es evidente que una interpretación errónea del sentido del voto en determinadas encuestas no justifica el inicio de una investigación criminal”, sostiene el tribunal.

Además, la sala destaca que, para denunciar la comisión del delito de malversación, se debe exponer qué actos concretos y no solo hipotéticos constituirían el delito, así como cuáles son los daños o perjuicios ocasionados como consecuencia del mismo. “En el escrito de querella no se hace ni la más mínima mención a ninguna de estas circunstancias, limitándose a reproducir una abundante jurisprudencia sobre el alcance y las consecuencias de dicho precepto legal”, señala el escrito.

El auto del tribunal supone, de facto, el archivo de la causa abierta el pasado agosto contra el presidente del CIS por la jueza María Cristina Díaz Márquez. La magistrada formó parte del Gobierno de Mariano Rajoy como directora general de Política Interior en el Ministerio del Interior, y fue directora de Justicia y Seguridad de la Comunidad de Madrid cuando gobernaba Cristina Cifuentes.

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