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Momento de que una mujer ocupe la presidencia de la SCJN: Piña Hernández

Redacción by Redacción
25 noviembre, 2022
in Política
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La ministra Norma Piña Hernández aseguró que por primera vez en la historia, una mujer debe ocupar la presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación(SCJN) y que, naturalmente, esa mujer sea ella. Ese momento se ha postergado ya demasiado y no sólo eso, sino que bajo la condición en que el ministro Arturo Zaldívar deja posicionado al Poder Judicial frente al Poder Ejecutivo, también se necesita con urgencia que llegue alguien que regrese y ejerza efectivamente su independencia.

La ministra Norma Lucía Piña Hernández es egresada de la carrera de derecho en la UNAM; cuenta con diversas especialidades en derecho constitucional, administrativo y penal; tiene un máster en argumentación jurídica por la Universidad de Alicante, España; y es doctora en derecho por la UNAM.

Cuenta con una importante trayectoria en el Poder Judicial de la Federación: fue secretaria de estudio y cuenta en la Primera Sala de la SCJN; jueza de distrito en materias mixta y administrativa; y magistrada en materia administrativa.

En 2015 el expresidente EPN la propuso en la terna para ministra de la SCJN y fue ratificada por el Senado con 79 votos a favor. La ministra Piña es la primera y única que, hasta el momento, ha declarado que pretende contender en las próximas elecciones de 2 de enero de 2023 por la presidencia de la SCJN.

Durante el tiempo que lleva como ministra de la SCJN, ha tenido diversos pronunciamientos que han reforzado su convicción de velar por los derechos de las mujeres, así como de proteger la preservación y mejoramiento del medio ambiente, Entre sus decisiones más reveladoras, se encuentran las siguientes:

1. En la constitucionalidad de la materia de consulta popular 1/2020, resuelta en sesión de 1 de octubre de 2020, el Pleno determinó que la materia de la consulta popular de AMLO sobre la investigación y sanción de la presunta comisión de delitos por parte de los expresidentes era constitucional, y se sustituyó la pregunta original por una nueva que sería la que debía someterse a consulta. La ministra Piña votó en contra de esa decisión, al estimar que la SCJN al cambiar la pregunta varió la materia de la consulta, pues la intención era preguntar si se estaba de acuerdo con investigar los supuestos delitos y determinar las sanciones respectivas, más limitarse a esclarecer hechos ocurridos en el pasado.

2.En la acción de inconstitucionalidad 139/2019, aprobada por el Pleno en sesión de 5 de abril de 2022, la ministra Norma Piña SCJN propuso la invalidez de dos artículos de la Ley Federal de Austeridad Republicana de la 4T. Uno de ellos, por restringir desproporcionada e injustificadamente el derecho al trabajo de exservidores públicos de mando superior en la IP; y el segundo, por establecer que el titular del Ejecutivo determinaría el destino del ahorro presupuestario producto de las medidas de austeridad, pues es una facultad que solamente le corresponde a la Cámara de Diputados.

3.  En la acción de inconstitucionalidad 64/2021, el Pleno analizó y avaló la constitucionalidad de las reformas de la 4T a la Ley de la Industria Eléctrica que buscaban que el Estado recuperara su poder sobre el sector energético. El asunto fue resuelto el 7 de abril de 2022 y la ministra Norma Piña voto en contra. Su disenso se centró sólo en lo referente a las energías limpias, ya que estimó que ciertos artículos reformados violan el derecho fundamental a un medio ambiente sano, al privilegiar la seguridad de despacho de energía, aumentando la dependencia a combustibles fósiles, por encima de la transición a un modelo ecológico y sustentable en materia energética, lo cual consideró una “medida regresiva”. Además, manifestó que los artículos vulneran la libre competencia, al favorecer contratos con empresas subsidiarios de CFE y relega la contratación de Centrales Eléctricas Eólicas y Fotovoltaicas o cualquier otra diferente al único suministrador de servicios básicos en operación.

4. En sesión de 27 de octubre de 2022, el Pleno determinó que era improcedente la acción de inconstitucionalidad 187/2021, promovida por una minoría de diputados del Congreso de la Unión en contra de ciertas adecuaciones y asignaciones presupuestarias contenidas en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2022, dado que no se impugnaban normas de carácter general. En términos generales, la ministra Piña sostuvo que, si bien el PEF se compone tanto de normas materiales como de actos administrativos, lo impugnado en el caso solo eran meros actos administrativos no impugnables a través de la acción de inconstitucionalidad.

5. En distintos asuntos, tanto en la vía de acción de inconstitucionalidad como de amparo, la ministra Norma Piña se ha pronunciado en relación con el aborto y ha sido consistente en optar por  su despenalización pues, a su juicio, debe prevalecer la protección a los derechos las mujeres a la salud, a la vida, la autonomía personal y a la dignidad, sin que les sea exigible que sacrifiquen esos derechos en aras del interés del Estado en proteger al nasciturus.

6. El proyecto de sentencia del amparo en revisión 355/2021, fue publicado por la ministra Norma Piña, en el que estudió la figura de prisión preventiva oficiosa y llegó a la conclusión de que la medida cautelar viola desproporcionalmente el derecho a la libertad personal y el principio de presunción de inocencia, pues su aplicación automática atiende sólo al tipo de delito o la cuantía de la sanción, lo cual inhibe que su procedencia sea fundada y motivada, aunado a que existen medidas menos lesivas que logran cumplir con el mismo objetivo. La resolución del asunto fue pospuesta luego de la discusión en el Pleno y se retiró el proyecto para presentar una nueva propuesta donde tratará de lograr un consenso para eliminar la prisión preventiva oficiosa en México.

La cantidad de asuntos que resuelven las ministras y los ministros de la SCJN son demasiados para poder hacer un análisis completo de todos ellos, pero de las resoluciones mencionadas se puede apreciar que la ministra Norma Piña es una jurista consistente en sus decisiones y convicciones, asertiva pero cautelosa, que no teme levantar la voz en los temas controversiales mas no radical en sus posicionamientos.

Llegó como ministra de la SCJN gracias a la nominación del expresidente EPN, pero no ha demostrado guardar lealtades políticas con lo poco que queda del viejo régimen priista y no parece haber formado nuevas alianzas, pero tampoco ha buscado hacerse de enemigos moviéndose a veces con un bajo perfil o en terreno neutral. Más bien, parece guiar sus decisiones en la aplicación irrestricta de la Constitución, la protección a los derechos humanos de grupos vulnerables y la resistencia de la labor jurisdiccional a presiones externas.

La ministra Norma Piña dice que es momento para que, por primera vez en la historia, una mujer ocupe la presidencia de la SCJN y que, naturalmente, esa mujer sea ella. Ese momento se ha postergado ya demasiado y no sólo eso, sino que bajo la condición en que el ministro Arturo Zaldívar deja posicionado al Poder Judicial frente al Poder Ejecutivo, también se necesita con urgencia que llegue alguien que regrese y ejerza efectivamente su independencia. ¿Será esa persona la ministra Norma Piña?

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La nota precedente contiene información del siguiente origen y de nuestra área de redacción.

Tags: Columna Digitalministraministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Naciónmujer debe ocupar la presidenciaNorma Piña HernándezSuprema Corte de Justicia de la Nación
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