La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado a una cadena televisiva por la emisión de publicidad encubierta. La multa impuesta asciende a 120.000 euros. La CNMC considera que la cadena televisiva en cuestión ha incurrido en una infracción “muy grave”, ya que ha vulnerado la Ley General de Comunicación Audiovisual.
Según informa la CNMC, la cadena televisiva emitía un programa que, en realidad, era una publicidad encubierta. En dicho programa, se promocionaban productos de una empresa sin hacer referencia a que se trataba de publicidad. La CNMC señala que, de esta forma, se confundía al espectador y se vulneraba su derecho a recibir información veraz y objetiva.
Además, la CNMC también ha identificado publicidad encubierta en otros programas de la misma cadena televisiva. En estos casos, se promocionaban servicios y productos de diferentes empresas sin que se identificara la naturaleza publicitaria de la emisión.
La CNMC es la encargada en nuestro país de supervisar y controlar el cumplimiento de la Ley General de Comunicación Audiovisual. Esta ley es de carácter obligatorio y tiene como objetivo proteger a los ciudadanos frente a las posibles infracciones de las empresas de comunicación audiovisual.
En definitiva, la CNMC ha querido mandar un mensaje claro a todas las cadenas televisivas: la emisión de publicidad encubierta es una infracción muy grave y no será tolerada por las autoridades competentes. Es importante que las empresas cumplan la ley y proporcionen información veraz y objetiva a sus espectadores. Sólo así se garantiza el derecho al acceso a una información adecuada y transparente.
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