La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dado un paso crucial en la búsqueda de justicia y transparencia en uno de los casos más emblemáticos de violaciones a derechos humanos en México: la desaparición forzada de los 43 estudiantes normalistas de Ayotzinapa, ocurrido en 2014 en Guerrero. En una decisión reciente, esta instancia judicial confirmó que la Fiscalía General de la República (FGR) está obligada a elaborar y publicar una versión pública en formato electrónico de la carpeta de investigación relacionada con este caso.
En su resolución, la SCJN subrayó que la información solicitada no puede ser clasificada como reservada, dado que está ligada a hechos que involucran graves violaciones a derechos humanos y delitos de lesa humanidad. Este acto de justicia es un llamado a la transparencia, indexado a la imperiosa necesidad de que la sociedad conozca el estado real de las investigaciones que han marcado un hito en la historia reciente del país.
La determinación se deriva de los amparos en revisión 108 y 109, resueltos bajo la ponencia de Juan Luis González Alcántara Carrancá. En dicho fallo, se confirmaron las sentencias anteriores y se negó el amparo presentado por víctimas relacionadas con el caso, quienes buscaban proteger la información clasificada por el extinto Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai).
La Primera Sala enfrentó un dilema jurídico significativo: ¿es posible clasificar como reservada la información de investigaciones que involucran violaciones graves a derechos humanos? Su decisión se fundamenta en la ley, que prevé excepciones a la reserva en casos donde la gravedad del delito en cuestión supera el interés de mantener dicha reserva. En tales circunstancias, la urgencia de la sociedad en conocer las acciones llevadas a cabo para investigar, detener, juzgar y sancionar a los responsables se convierte en un imperativo.
Los magistrados resaltaron que la falta de transparencia no solo afecta a las víctimas, sino que repercute en el conjunto de la sociedad, dado el impacto que estos delitos generan. Esta resolución fue respaldada por la presidenta de la Primera Sala, Loretta Ortiz, así como por su equipo de magistrados, salvo por la votación en contra de Alfredo Gutiérrez.
A partir de esta decisión, se abre una ventana de esperanza para que los familiares de los desaparecidos y la sociedad en su conjunto accedan a la información que les ha sido durante tanto tiempo negada, reafirmando así el compromiso de justicia y verdad promovido por la SCJN. La fecha de esta determinación, 26 de junio de 2025, marca un hito en el camino hacia la reparación del tejido social y la vigencia de los derechos humanos en México.
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