La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha tomado una decisión crucial en el ámbito de la propiedad intelectual al determinar que las obras generadas mediante inteligencia artificial (IA) no pueden ser registradas con derechos de autor en México. Este fallo se comunicó el pasado jueves por el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor), lo que ha generado un amplio debate sobre la creación y protección de obras en la era digital.
La controversia se originó en 2024, cuando un individuo solicitó el registro de la obra digital Avatar virtual, creada a través de la plataforma de IA conocida como Leonardo. Sin embargo, el Indautor rechazó esta solicitud, apuntando que la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) estipula que las obras deben ser fruto de la creatividad humana y poseer originalidad. Tras esta negativa, el solicitante impugnó ante la sala especializada en Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, donde la decisión fue confirmada. Descontento, el interesado presentó un amparo, argumentando que la resolución infringía sus derechos a la igualdad, la seguridad jurídica y la no discriminación.
La SCJN se mantuvo firme en su dictamen, enfatizando que las “obras generadas de manera autónoma por IA no cumplen con los requisitos de originalidad establecidos por la LFDA”. En su argumentación, mencionaron que tanto el Convenio de Berna como el T-MEC no reconocen a la IA como autor de las obras. Además, reafirmaron que los artículos 12 y 18 de la LFDA son constitucionales, al considerar que la restricción de la autoría a personas físicas es una medida objetiva y razonable, alineada con los tratados internacionales.
Este caso plantea interrogantes significativas sobre el futuro de la propiedad intelectual en un mundo donde la inteligencia artificial está ganando relevancia en la creación artística y cultural. La decisión de la SCJN podría influir en la manera en que se gestionan y protegen las obras generadas por tecnologías emergentes en un panorama en constante evolución.
La información citada se refiere a hechos ocurridos hasta el 30 de agosto de 2025, y su relevancia para el contexto actual invita a una reflexión más profunda sobre la interacción entre la creatividad humana y la automatización en la producción de contenido.
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