El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido un fallo crucial en relación al artículo 121 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Esta normativa, que otorga al juez la facultad de revocar de manera oficiosa al abogado defensor, ha sido declarada constitucional. La Corte argumenta que esta disposición no solo respeta el derecho de defensa, sino que también asegura el desarrollo adecuado del proceso judicial.
En el análisis de la sentencia, el tribunal evaluó si la remoción de defensores por decisión judicial podría violar el honor o la autonomía profesional de los abogados involucrados. El artículo 121 establece que si un juez detecta una “manifiesta y sistemática incapacidad técnica” del defensor, debe advertir al imputado para que designe a uno nuevo. Para un defensor privado, hay un plazo de tres días; si no se designa a nadie, se asignará un defensor público.
El fallo, presentado por el ministro Irving Espinosa Betanzo, establece que se debe garantizar la efectividad de la defensa y la igualdad procesal, aunque también se reconoce que la aplicación de este artículo puede comprometer el honor de los abogados. La Corte subraya que cualquier decisión de cambio de defensor debe estar bien motivada y fundamentada en indicios claros de incapacidad técnica, como el desconocimiento de tácticas legales o la omisión de recursos clave en la defensa. Además, se enfatiza la necesidad de escuchar al imputado, respetar su elección y ofrecer un plazo razonable para reorganizar la defensa.
En otro ámbito, el pleno de la Corte, bajo la ponencia de Hugo Aguilar Ortiz, ha resuelto que la competencia del fuero militar en casos de ejercicio ilícito del servicio público por parte de personal castrense depende de una conexión directa con la disciplina militar. Para que se considere que el fuero militar es aplicable, se deben cumplir dos requisitos: que la conducta comprometa la cadena de mando y que afecte la misión de las Fuerzas Armadas. Si no se cumplen ambos criterios, los tribunales penales ordinarios tomarán el caso.
Por otro lado, la adquisición reciente de nueve camionetas de alta gama por parte de la SCJN ha generado controversia. Mario Salazar Madera, presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional (PAN) en Durango, ha cuestionado esta compra, señalando que contradice el discurso de austeridad del Poder Judicial. Con un costo estimado en más de dos millones de pesos por vehículo, la falta de transparencia en el proceso ha sido objeto de críticas. Salazar argumenta que es lamentable que la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo justificara esta compra, lo que, según él, compromete la independencia de los poderes en México.
Este conjunto de decisiones y controversias destaca la importancia de la ética, la transparencia y la rendición de cuentas en las instituciones públicas, así como el delicado equilibrio entre el derecho a una defensa adecuada y las facultades de los jueces en el sistema judicial mexicano.
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