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El Tribunal detiene al INSS y acepta subsidio por recaída

Redacción by Redacción
14 febrero, 2026
in Negocios
Reading Time: 2 mins read
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El Supremo frena al INSS y reconoce prestación en caso de recaída
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Una reciente sentencia del Tribunal Supremo establece una doctrina clave en la relación entre el trabajador y la Seguridad Social en el contexto de bajas médicas. Según esta resolución, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) tiene la obligación de justificar con criterios médicos objetivos si un trabajador, que presenta una nueva baja médica, ha recuperado efectivamente su capacidad laboral. De no hacerlo, el INSS debe reconocer la prestación correspondiente.

Esta interpretación surge a raíz de un problema recurrente que afectaba a numerosos trabajadores: aunque estuvieran oficialmente de baja médica, podían encontrarse sin derecho a cobrar. Esto sucedía especialmente al agotarse los 545 días máximos de incapacidad temporal, donde el INSS solía rechazar solicitudes de nuevos subsidios, alegando que las recaídas se producían demasiado cerca del proceso anterior, y generalmente se negaban si el diagnóstico era el mismo.

En un caso particular que motivó la sentencia, un montador de andamios sufrió de ansiedad desde marzo de 2016 hasta noviembre de 2017. Tras agotar su período de incapacidad temporal, le fue denegada la incapacidad permanente. Sin embargo, un mes más tarde, el Servicio Murciano de Salud emitió una nueva baja por la misma enfermedad. A pesar de ello, el INSS se negó a pagar la prestación, argumentando que no habían transcurrido los seis meses requeridos y que se trataba de la misma patología.

El Tribunal Superior de Justicia de Murcia respaldó esta decisión, pero el Tribunal Supremo revocó ese criterio y reconoció el derecho del trabajador a recibir el subsidio correspondiente. De manera contundente, el Supremo manifestó que la administración no puede limitarse a una respuesta automática basándose únicamente en la coincidencia del diagnóstico. En lugar de eso, debe evaluar de manera fundada el estado de salud del trabajador y considerar si realmente existe una posibilidad de recuperación laboral.

Esta sentencia es de gran relevancia social, ya que muchas enfermedades—especialmente aquellos trastornos de salud mental o patologías crónicas—no siguen un patrón lineal y pueden presentar recaídas. Con esta doctrina, el Tribunal Supremo busca evitar que estas recaídas resulten en un vacío de cobertura económica, sobre todo cuando el propio sistema ha negado al trabajador una incapacidad permanente.

Desde el ámbito legal se considera que esta decisión refuerza la necesidad de un análisis individualizado y objetivo del estado médico de cada trabajador, evitando los automatismos que han llevado a denegaciones sistemáticas del INSS. Así, se establece un precedente importante: si un trabajador continúa enfermo, no debe verse privado de ingresos por una mera aplicación mecánica de los plazos establecidos.

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