El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha tomado una decisión unánime en un caso que ha captado la atención por sus implicaciones en la legalidad del narcomenudeo en México. En su resolución del amparo en revisión 994/2023, bajo la ponencia de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, se confirmó la sentencia recurrida y se negó el amparo a un individuo procesado por un delito contra la salud relacionado con el narcótico cannabis sativa. En esta sesión, el tribunal también delegó al tribunal colegiado de origen la jurisdicción sobre otros temas de legalidad vinculados con el auto de vinculación a proceso.
El caso se remonta al 5 de julio de 2022, cuando policías de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México presenciaron un intercambio que involucraba un billete de 50 pesos a cambio de dos bolsas que contenían vegetal verde, posteriormente identificado como cannabis sativa con un peso total de 21.2 gramos. En el análisis del artículo 473, fracción I, de la Ley General de Salud, la SCJN sustentó que los agravios expuestos por el recurrente eran ineficaces e inatendibles. Esta norma no establece prohibiciones sobre la compra de cannabis, sino que busca aclarar la definición de “comercio” para proporcionar certeza a los ciudadanos.
Sin embargo, la discusión no se limitó únicamente a este punto. El ministro Irving Espinosa Betanzo argumentó que el planteamiento del quejoso no se restringía a una mera definición normativa, ya que su defensa incluía que la adquisición del narcótico fue para consumo personal y no con fines comerciales. Este argumento ha abierto un espacio para reflexionar sobre la distinción entre consumo personal y tráfico de drogas en el marco de la legislación vigente.
Hugo Aguilar Ortiz, presidente de la Corte, respaldó la perspectiva del ministro Espinosa al sugerir que es crucial analizar no solo el artículo 473, sino también otros artículos relacionados en el contexto de legalidad. En sus palabras, es vital no solo examinar la constitucionalidad de la norma desde la venta, sino también considerar el uso personal de la sustancia.
Esta decisión subraya la necesidad de un análisis más amplio respecto a las leyes sobre narcóticos, reconociendo la complejidad del tema del consumo personal en un contexto donde las reformas sobre el uso de cannabis también están en discusión. Mientras el país avanza en sus debates legislativos, esta resolución de la SCJN agrega capas al entendimiento de la legalidad en torno a estas sustancias y su comercialización, y plantea preguntas sobre cómo se debe abordar el consumo personal en futuras consideraciones jurídicas.
Se espera que este fallo afecte a casos similares en el futuro, y es un claro indicativo de que la Corte continúa estableciendo pautas que podrían influir en la legislación y en la percepción social del consumo de drogas. En tiempos donde la regulación del cannabis es un tema candente en muchas partes del mundo, la respuesta judicial en México puede tener repercusiones significativas.
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