La reciente decisión de Estados Unidos de no extender el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) hasta 2042 ha dado inicio a un ciclo de revisiones anuales que podría prolongarse hasta el vencimiento del tratado en 2036. Aunque este anuncio ha elevado la incertidumbre política y comercial en la región, no ha alterado la vigencia del acuerdo ni las reglas que sustentan el comercio y la inversión en Norteamérica. Interesantemente, tanto el tipo de cambio como el riesgo soberano de México no registraron movimientos significativos, lo que indica que los mercados ya habían anticipado esta situación y no prevén una ruptura inminente del pacto.
El T-MEC, más allá de regular el intercambio de bienes y servicios, incluye capítulos de inversión que definen estándares de protección y mecanismos neutros para resolver disputas cuando un Estado incumple sus obligaciones. A través del mecanismo de solución de controversias inversionista-Estado, un inversionista puede optar por el arbitraje internacional para reclamar compensaciones por daños resultantes de incumplimientos.
Contrario a lo que se podría suponer, el T-MEC ofrece menor protección a los inversionistas que el extinto Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) y otros acuerdos comerciales. Esta reducción en la protección es consecuencia de la estrategia de la administración Trump, que buscó elevar el riesgo de invertir fuera de Estados Unidos para fomentar la relocalización de empresas en su territorio. El T-MEC restringe significativamente el acceso al arbitraje: generalmente exige que se agoten primero los recursos ante tribunales nacionales y limita las causas para recurrir al arbitraje internacional. No obstante, existen excepciones para los inversionistas con contratos en sectores estratégicos como energía e infraestructura, los cuales gozan de una protección más amplia.
A pesar de las limitaciones, el mecanismo de resolución de disputas sigue siendo relevante para México, dado que Estados Unidos es su principal inversionista. En el primer trimestre de 2026, las inversiones estadounidenses en México alcanzaron 10.2 mil millones de dólares, equivalentes al 43% del total de la inversión extranjera recibida. Desde la implementación del T-MEC, han surgido varias controversias relacionadas con reclamaciones del TLCAN, especialmente en sectores considerados estratégicos.
En comparación, las inversiones de otros socios comerciales gozan de una protección más robusta. Las inversiones canadienses se benefician del Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (TIPAT), reciente incorporación del Reino Unido, mientras que las inversiones europeas, actualmente regidas por tratados bilaterales, gozarán de un régimen uniforme con la entrada en vigor del Acuerdo Global Modernizado entre México y la Unión Europea, firmado en mayo de 2026. Esta red de tratados contribuye a mantener la certidumbre jurídica como un activo clave para atraer inversión extranjera.
Por otro lado, no se vislumbran esfuerzos desde Washington para ampliar la protección a sus inversionistas dentro del T-MEC, continuando su enfoque en la relocalización de empresas. Además, la actual administración ha enfatizado la revisión de inversiones para evitar que “economías de no mercado”, especialmente China, utilicen a México como plataforma de acceso preferencial al mercado estadounidense.
En este nuevo contexto, el atractivo de México para la inversión extranjera dependerá más de las condiciones internas que del marco de sus acuerdos internacionales. Aunque los tratados pueden atenuar ciertos riesgos jurídicos, la decisión de invertir seguirá fundamentándose en la estabilidad del entorno regulatorio, la confiabilidad de las instituciones y un Estado de derecho que garantice certeza a largo plazo.
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