El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha confirmado la validez del artículo 8° de la Ley sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso de Tamaulipas. Este artículo estipula que, en el contexto de la ejecución de resoluciones judiciales o administrativas, se podrán llevar a cabo estas acciones sobre cualquier persona, siempre que se cuente con la autorización de la Mesa Directiva o de la diputación permanente correspondiente.
La resolución se derivó de las acciones de inconstitucionalidad 160/2024 y 161/2024, presentadas por el Partido Acción Nacional y un grupo de diputados de la minoría en el Congreso local. La ponente Loretta Ortiz Ahlf expuso que, al analizar el caso, el argumento de inconstitucionalidad basado en la supuesta vulneración del fuero constitucional es infundado, ya que las autorizaciones de la Mesa Directiva no implican un ataque a la inmunidad procesal de los legisladores. La normativa se enfoca en la ejecución de resoluciones sobre cualquier persona dentro del recinto legislativo, y no está diseñada específicamente para el ámbito de los diputados locales.
En una postura disidente, Jorge Pardo, junto a la presidenta Norma Piña y Javier Laynez, argumentó que la reforma impugnada tiene como intención facilitar la detención de diputados que se encuentren acusados de un delito, incluso antes de que tomen protesta. El contexto de la enmienda establece que no será necesario seguir el procedimiento de declaración de procedencia para llevar adelante acciones penales contra un legislador que haya delinquido antes de asumir su cargo oficial.
Este desarrollo legal marca un hito en el debate sobre los límites del fuero de los servidores públicos en México. Los matices que rodean la interpretación de las leyes en torno a la inmunidad legislativa continúan generando un intenso análisis y discusión, reflejando un entorno legislativo dinámico y en constante evolución. Esta polémica evidencia no solo la lucha por la transparencia y la rendición de cuentas en la administración pública, sino también las tensiones inherentes a la separación de poderes en el país.
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