El reciente debate surgido tras la publicación de la tesis 2031965 en el Semanario Judicial de la Federación ha puesto de manifiesto un tema delicado y hasta ahora evitado: la incapacidad laboral por adicciones. Según esta resolución, las empresas no pueden despedir a trabajadores incapacitados debido a su adicción a las drogas, pues se considera que se trata de una enfermedad.
Las reacciones en las redes sociales han sido diversas. Un usuario argumentó que las adicciones no son enfermedades, sino decisiones personales. Sin embargo, otro respondía que estas son el resultado de múltiples factores y deben ser tratadas como condiciones de salud. Este intercambio refuerza el hecho de que el debate no se limita únicamente a si las adicciones son enfermedades o no, sino a la responsabilidad de las empresas en su manejo.
Es importante recordar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya había abordado este tema hace 15 años, considerando la farmacodependencia como una enfermedad en su tesis 165258. Aún más, la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11), publicada a finales de 2019 por la Organización Mundial de la Salud (OMS), incluye los trastornos por consumo de sustancias adictivas entre las patologías mentales.
A pesar del reconocimiento formal de las adicciones como un problema de salud, las estadísticas revelan que el consumo de drogas en México ha aumentado entre la población laboral, pasando de un 11% en 2016 a un 16% en 2025, con un notable incremento en el uso de sustancias ilegales. Este fenómeno tiene un impacto directo en el ámbito laboral: se estima que el ausentismo es de dos a tres veces mayor entre quienes padecen adicciones, y cerca del 10% de los accidentes laborales están relacionados con este problema.
La tesis en cuestión surgió de un caso concreto en el que un trabajador fue despedido tras ausentarse por su adicción. El tribunal resolvió que, dado que se trataba de una incapacidad temporal, la empresa debía optar por suspender la relación laboral y no despedir al empleado, resaltando la importancia de un proceso de rehabilitación.
Aunque esta decisión judicial no establece un precedente obligatorio, sí abre un debate trascendental que las organizaciones no pueden seguir evitando. La realidad es que, para las empresas, no se trata solo de sancionar o despedir a un empleado; se trata de reconocer las adicciones como un problema de salud que requiere atención y comprensión.
La tarea que enfrentan las organizaciones es ardua, pues implica cambiar la narrativa en torno a las adicciones dentro del entorno laboral. Se necesitan protocolos adecuados y un entorno que promueva el acompañamiento, en lugar de recurrir a medidas punitivas.
Este fenómeno no solo se manifiesta fuera del trabajo, sino que afecta la productividad y el ambiente laboral. Es crucial que las empresas reconozcan que a menudo contribuyen a los problemas que luego desestiman. La forma en que se aborde este tema será decisiva para el bienestar de los trabajadores y la salud del entorno laboral en su conjunto.
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