El Programa Sectorial de Salud en México no debería ser considerado simplemente como un tramite administrativo o una colección de promesas futureas. Más bien, su esencia radica en crear un plan que facilite la interacción entre el gobierno y la sociedad respecto a la salud pública durante el próximo sexenio. Este programa debe ser un documento dinámico, que dirija decisiones estratégicas, defina problemas a resolver, asigne recursos apropiados y establezca plazos claros para los objetivos a alcanzar.
La Secretaría de Salud (SSA) tiene la responsabilidad de liderar esta rectoría, con la misión de guiar el sistema de salud nacional, estableciendo prioridades y colaborando con instituciones públicas y privadas. Es crucial que las políticas de salud reflejen las necesidades del interés público, por lo que definir objetivos claros y mecanismos financieros es una parte integral del proceso.
Con el Programa Sectorial de Salud 2025–2030, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 4 de septiembre de 2025, parece que se abordan aspectos superficiales como diagnósticos, objetivos e indicadores. Sin embargo, al examinarlo más detenidamente, aparecen importantes omisiones que comprometen su coherencia. Un detalle fundamental es la falta de un objetivo estratégico centrado en la protección financiera, un aspecto que es esencial para la cobertura universal en salud, según la Organización Mundial de la Salud (OMS) y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).
La protección financiera implica que los hogares no enfrenten gastos catastróficos relacionados con la salud, mientras que el acceso a servicios de salud es solo un componente. Es alarmante que este aspecto esté ausente, ya que reduce el concepto de cobertura universal a un acceso formal y limitado a servicios. El Programa menciona indicadores relacionados con el gasto de los hogares en salud, pero estos no reflejan adecuadamente la realidad en la que muchos hogares deben recurrir a atención privada por la insuficiencia del sistema público, lo que resulta en un empobrecimiento significativo.
Esta omisión en la protección financiera no es nueva; ha sido una tendencia en los programas sectoriales desde la introducción del Seguro Popular en 2001, donde la protección financiera era un enfoque central. Sin embargo, en el periodo 2020-2024 y más allá, el enfoque cambió hacia la gratuidad, diluyendo el compromiso con la protección financiera.
Los datos revelan que el gasto de bolsillo en salud en México ha aumentado, evidenciando que muchos hogares, especialmente en el decil más pobre, siguen enfrentando gastos catastróficos relacionados con la salud. Estos problemas siguen siendo recurrentes y se manifiestan a través de un aumento en las consultas y la compra de medicamentos fuera del sistema público.
A nivel regional, otras naciones han comprendido la importancia de incluir la protección financiera como parte de su enfoque. Brasil y Colombia ofrecen modelos que garantizan esta protección de manera más efectiva. A pesar de las fallas en el financiamiento de sus sistemas de salud, mantienen un marco que respeta la protección financiera, reduciendo en consecuencia el impacto económico del gasto en salud en los hogares.
La contracara de esto es que en México, el porcentaje de gasto de bolsillo en salud se ha incrementado, alcanzando niveles alarmantes. Mientras otros países buscan proteger a sus ciudadanos, México ha optado por desdibujar la protección financiera dentro de un enfoque de gratuidad que, aunque positiva, no aborda los problemas de fondo.
Es imperante que el Programa Sectorial de Salud reconozca la protección financiera como un componente esencial de su estrategia. Al no incluir metas claras para combatir la catástrofe financiera en salud, el problema sigue invisibilizándose y queda a merced de la vigilancia social y académica, dejando a millones de mexicanos en una situación precaria. La salud, como derecho constitucional, debe ser un compromiso tangible y no solo un lema, donde la cobertura universal pueda alcanzar su máxima expresión con mecanismos claros y eficaces.
La fecha de publicación de los datos y reflexiones aquí presentadas corresponde al 11 de septiembre de 2025.
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