El Ministerio de Justicia, en el que se encuadra la Abogacía del Estado, considera que la posible entrega del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont a España tendrá que esperar hasta que el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) se pronuncie sobre su inmunidad. Ello no supone considerar innecesario o prescindible el pronunciamiento de la Justicia italiana, que ha citado a Puigdemont para el próximo 4 de octubree. Pero sí se entiende que lo coherente con la posición defendida por la Abogacía del Estado en este asunto es interpretar que la orden de detención (OED) dictada por el juez del Supremo Pablo Llarena en octubre de 2019 se encuentra ahora paralizada.
La presentación de tal cuestión paraliza forzosamente, según la Abogacía del Estado, la vigencia de la orden de detención, hasta que se conozca si el Tribunal de Justicia de la UE decide que los jueces belgas aplicaron indebidamente o no el derecho europeo; en concreto las normas sobre la efectividad de las órdenes de detención. El paréntesis abarcaría el período en que se halle abierto un procedimiento como el actual, de cuya resolución pueda depender la entrega o no del reclamado.
En Justicia se estima que la Abogacía obró con arreglo a las normas de los tribunales de la UE al efectuar tal confirmación . El Tribunal General aceptó el argumento subrayando que, a mayor abundamiento, “dicha suspensión está prevista por las recomendaciones […] a la atención de los órganos jurisdiccionales nacionales”. Hubo, en suma, una identidad de criterios entre las alegaciones del Reino de España —representado por la Abogacía del Estado— y el Tribunal General de la UE, que destacó en su resolución que las autoridades españolas reconocían “la suspensión de cualquier procedimiento de ejecución de una orden de detención europea que pudiera incoarse”.
Ni la Abogacía ni el Supremo quieren convertir en materia de debate público sus respectivos enfoques jurídicos. Pero mientras Justicia defiende la posición de la primera, en el Supremo se pone el acento en que la orden de detención de Puigdemont nunca dejó de estar en vigor.
El problema nace de que la representación del Reino de España ante los tribunales europeos no la ejerce directamente el Supremo, sino la Abogacía del Estado. Y de que en este asunto no ha habido comunicación fluida entre ambas instancias. Tampoco está garantizado que, si la hubiera habido, se hubiese diluido la diversidad de enfoques. Se recuerda como precedente similar que el Supremo también formalizó otra cuestión prejudicial sobre el procés en pleno curso de la causa penal, y no por ello la detuvo, ni puso en libertad a los líderes independentistas.
Entretanto, la defensa de Puigdemont se plantea pedir esta semana al Tribunal General de la UE que se deje sin efecto el levantamiento de la inmunidad el expresidente catalán, para que quede claro que goza de esta prerrogativa mientras no se dirima el conflicto entre la Justicia española —que solicitó su entrega— y la belga, que la denegó.
Recurso preparado
El recurso está preparado, pero aún no se ha formalizado, según manifestó ayer a Columna Digital el letrado Gonzalo Boye, encargado del caso. Para Boye, lo relevante de la comparecencia de Puigdemont ante los jueces de Cerdeña, el próximo 4 de octubre, es que va a poner de manifiesto que la polémica en torno a la inmunidad de su defendido carece de sentido, que es una controversia literalmente “muerta”.
La defensa de Puigdemont no comparte los postulados de la Abogacía del Estado ante los tribunales europeos, pero estima que en este asunto actuó correctamente en su interpretación del alcance de una cuestión prejudicial.
Boye pidió al Tribunal General que, como medida cautelarísima, se suspendiera el acuerdo del Parlamento Europeo de levantar la inmunidad de Puigdemont. Y la Abogacía lo estimó innecesario. En eso discreparon. Pero Boye comparte la tesis de la Abogacía de que la legislación europea garantizaba esa inmunidad en este momento. Desde el Tribunal Supremo, en cambio, se considera que la Abogacía ha incurrido en “un error, intencionado o no”, porque la orden de detención estaba y está en vigor.
“España es muy garantista”, dice el escrito de la Abogacía
El informe de la Abogacía del Estado al Tribunal General de la UE subraya que Puigdemont, Ponsatí y Puig están reclamados en España por delitos graves, lo que no obsta para que en este momento haya que entender que las órdenes de detención están suspendidas, en aplicación de las garantías contempladas por la legislación europea.
No obstante, añade que “en lo que respecta a las órdenes de detención europeas, hemos de señalar que, al existir una cuestión prejudicial (o consulta a la justicia europea) planteada por el magistrado instructor, dicha cuestión supone la suspensión de las citadas órdenes nacionales de detención”. Y añade que esa consulta “implicaría la suspensión de cualquier procedimiento de ejecución de una orden europea de detención que pudiera iniciarse”.
El informe sale al paso de las tesis del recurso según el cual en España no se respetan los derechos humanos, uno de los argumentos de la defensa para pedir que se suspenda el levantamiento de la inmunidad de Puigdemont y sus exconsejeros. La Abogacía subraya que España es “muy garantista”, como lo demuestra que “permite presentarse a unas elecciones al que se encuentra procesado por un delito y es prófugo de la justicia”. Añade que “la inmunidad” interesada “se ha utilizado y se utiliza a los efectos de eludir o al menos dificultar la acción de la justicia en España”, cuando los hechos imputados son muy anteriores “a la propia convocatoria de las elecciones europeas para las que resultó elegido”.


