El ecosistema científico mexicano enfrenta un desafío crítico. En un intento por posicionar a México como una “potencia científica”, la administración de Claudia Sheinbaum Pardo presenta el Programa Sectorial de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación (PSCHTI) 2025-2030. Sin embargo, esta aspiración se encuentra en tensión con el marco legal que regula el sector, la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación (LGMHCTI), que fue impulsada por el gobierno anterior de Andrés Manuel López Obrador y María Elena Álvarez Buylla.
El 6 de abril de 2026, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tenía previsto abordar una acción de inconstitucionalidad que podría definir el futuro de la investigación en el país. Aunque este asunto no fue tratado en la sesión, la discrepancia entre el espíritu de la ley actual y los ambiciosos objetivos del gobierno es innegable.
Las cifras son contundentes. México, con más de 120 millones de habitantes, destina apenas el 0.26% de su PIB a la investigación científica y el desarrollo experimental, lo que la convierte en la nación con menor inversión entre los países de la OCDE. Esta escasez de recursos se traduce en una comunidad científica limitada: poco más de 200,000 personas poseen un doctorado, es decir, solo el 0.13% de la población mayor de 25 años. En comparación, Brasil y Estados Unidos muestran porcentajes mucho más altos, lo que compromete la competitividad de México.
A pesar de que el Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores (SNII) ha crecido significativamente, pasando de 30,548 integrantes en 2019 a 44,889 en el primer trimestre de 2025, el avance enfrenta serios obstáculos. La mayoría de estos investigadores se encuentran en etapas iniciales de su carrera y luchan por encontrar oportunidades laborales en el sector académico, que no ofrece suficientes plazas.
La LGMHCTI, aprobada en mayo de 2023, se diseñó bajo un paradigma de “innovación soberana” que otorga al Estado un control absoluto y limita drásticamente la colaboración con el sector privado. Esto incluye la eliminación de transferencias directas a empresas y la reclasificación del personal de Centros Públicos de Investigación como “servidores públicos”, lo que obstaculiza la agilidad científica.
Por otro lado, el Programa Sectorial 2025-2030 propone una apertura. Reconoce la actual desconexión entre la academia y el sector productivo y busca incentiv dar un papel activo a las empresas en el desarrollo de tecnologías y creación de empresas de base tecnológica. Además, plantea el financiamiento concurrente, a diferencia de la Ley que eliminó fideicomisos, apoyando la investigación mediante esquemas de cofinanciamiento.
La controversia a la que se enfrenta la SCJN gira en torno a posibles violaciones de los principios de igualdad y no discriminación. Los demandantes argumentan que la LGMHCTI hace distinciones arbitrarias que limitan el acceso a becas y estímulos para quienes trabajan en el sector privado, ignorando que el 57% de los programas de posgrado en el país son en instituciones privadas. Esta exclusión vulnera no solo el derecho constitucional a la igualdad, sino que también afecta la efectividad del derecho humano a la ciencia.
De cara a la situación, la comunidad científica anticipa cuatro posibles escenarios respecto a la Ley de Ciencia: desde el reconocimiento de la validez de la normativa actual, hasta su invalidez total o la reviviscencia de la ley anterior de 2002. Otro escenario podría implicar la invalidez de los artículos controvertidos con la instrucción de que el Congreso genere una nueva legislación alineada con principios de equidad educativa.
A medida que se evalúa la ley vigente, queda claro que el país enfrenta una gran oportunidad para articular esfuerzos y enfrentar desafíos críticos en el ámbito científico. Con un 24% de los egresados de doctorado sin empleo, la flexibilidad del marco legal que se revisa en la Suprema Corte podría ser clave para optimizar el talento nacional y reorientar el futuro de la investigación en México.
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