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Reformas legislativas (II)

Juan Carlos Sánchez Magallán

Redacción by Redacción
16 julio, 2025
in columnas
Reading Time: 3 mins read
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Sor Juana y su género
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La reforma al sistema de seguridad no crea facultades extraordinarias, sino que establece condiciones para la actuación inmediata, coordinada y legal frente a delitos de alto impacto. Su implementación está pensada para superar las limitaciones operativas que enfrentaban las autoridades: fragmentación de datos, demoras en la obtención de información crítica y procedimientos obsoletos ante una delincuencia cada vez más violenta y tecnologizada.

El nuevo marco se sostiene en tres pilares: interoperabilidad, legalidad y salvaguardas. A través de plataformas como la Plataforma Única de Identidad o los Sistemas Nacionales de Inteligencia y de Seguridad Pública, se permite una consulta eficiente de bases de datos relevantes para la búsqueda de personas desaparecidas, la persecución del crimen organizado y la prevención de amenazas a la seguridad nacional. Estos sistemas no están diseñados para la vigilancia ciudadana generalizada, sino para responder con urgencia a hechos determinados que ya están bajo investigación formal.

La legalidad es una constante en cada acción. Toda solicitud de geolocalización en tiempo real, intervención de comunicaciones o acceso a datos conservados debe estar justificada ante un juez de control, quien debe resolver de forma inmediata. Esta condición garantiza que ninguna medida intrusiva se aplique de manera arbitraria ni masiva. Además, los jueces tienen la obligación de verificar que la solicitud se apegue al principio de proporcionalidad, es decir, que exista una relación clara entre el hecho investigado y la información solicitada.

En lo operativo, la reforma exige protocolos de trazabilidad: cada acceso, cada cruce de información, cada consulta a una base de datos queda registrada. Esta trazabilidad no sólo permite rendir cuentas, sino que actúa como disuasivo para cualquier intento de uso indebido de la información. A la par, se establece la obligación de destruir los datos que no resulten pertinentes para la investigación en curso, reforzando el principio de minimización en el tratamiento de datos personales.

La aplicación de este modelo también tiene implicaciones estructurales de gran alcance. Por un lado, acelera el tiempo de respuesta de las instituciones: lo que antes podía tomar semanas, ahora se gestionará en horas y, por el otro, fortalece las investigaciones penales, permitiendo integrar carpetas con información contextualizada, oportuna y verificable. Esto, a su vez, se traduce en una mejor capacidad de judicialización, pues las pruebas recabadas con apego a derecho tienen mayor peso ante los jueces.

Otro de los efectos clave es la profesionalización del servicio público en el sector seguridad. Las instituciones deben incorporar tecnología, protocolos, mecanismos de supervisión y capacitación constante. La reforma no se limita a conceder facultades, sino que también exige nuevas responsabilidades a quienes las ejercen. Esto transforma la cultura institucional y contribuye a una administración de justicia más eficiente, moderna y respetuosa de los derechos.

Importa señalar que este funcionamiento se da en un contexto de violencia persistente y tecnología en constante evolución. La delincuencia organizada opera con redes internacionales, plataformas digitales, criptomonedas y mecanismos sofisticados de evasión. Pretender que las instituciones mexicanas enfrenten esta amenaza con instrumentos fragmentados y obsoletos es condenarlas al fracaso. Por eso, la reforma no sólo responde a una necesidad actual, sino a una proyección de mediano y largo plazos.

Finalmente, este marco legal está acompañado de sanciones contundentes para quien abuse de las facultades otorgadas. El uso indebido de información, el acceso no autorizado, la omisión de controles o la filtración de datos sensibles tienen consecuencias administrativas y penales. El mensaje es claro: no hay espacio para la discrecionalidad, sólo así se logrará bajar los delitos de alto impacto y la impunidad de sus actores. ¿O no, estimado lector?

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Tags: Columna DigitalDr. Juan Carlos Sánchez MagallánOpinionReformas Juridicas
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