En el inicio del ciclo escolar, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) vuelve a recordar la oportunidad que tienen los contribuyentes para deducir los pagos de colegiaturas y transporte escolar en su declaración anual de personas físicas. Esta medida se aplica no solo a los estudiantes, sino que también se extiende a familiares ascendentes o descendentes, siempre que sus ingresos no superen el monto equivalente a 41 mil 273 pesos, tomando como referencia la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual.
Es vital destacar que, si el pago del transporte escolar está incluido en la colegiatura, se debe desglosar el monto correspondiente en la factura para que sea válida la deducción. Sin embargo, otros conceptos como inscripciones, reinscripciones, becas o apoyos económicos no son deducibles.
Los montos máximos que se pueden deducir anualmente por estudiante están claramente establecidos dependiendo del nivel educativo:
- Preescolar: 14 mil 200 pesos
- Primaria: 12 mil 900 pesos
- Secundaria: 19 mil 900 pesos
- Profesional técnico: 17 mil 100 pesos
- Bachillerato o su equivalente: 24 mil 500 pesos
Para hacer efectiva esta deducción, es indispensable que el pago se realice de manera electrónica, ya sea mediante cheque, transferencia, o tarjeta. Es importante que las instituciones educativas sean reconocidas oficialmente, así como colaboradoras en el sistema fiscal, situación que se puede verificar en el padrón de escuelas del SAT.
Además, los contribuyentes deben asegurarse de que las facturas incluyan información precisa, como el nombre y CURP del alumno, su nivel escolar y la clave de reconocimiento de validez oficial. También es esencial que el campo “Uso del CFDI” indique “Pagos por servicios educativos”.
Para aquellos que busquen más información, existen recursos disponibles a través de las plataformas del SAT. Se puede acceder a los servicios de atención como MarcaSAT y OrientaSAT, donde los contribuyentes pueden recibir asesoría y resolver sus dudas.
El SAT se esfuerza por brindar un marco claro y accesible en cuanto a la deducción de pagos por colegiaturas y transporte, ayudando así a las familias a maximizar los beneficios fiscales disponibles en el contexto educativo.
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