viernes, mayo 29, 2026
  • Media Kit
  • Terminos y Condiciones
  • Compliance & Copyright
  • Quienes Somos
  • Trabaja con Nosotros
  • Contacto
  • RSS
Columna Digital
  • Internacional
  • Nacional
  • Política
  • Negocios
  • Estados
  • Deportes
  • columnas
  • Cultura
  • Gastronomía
  • Lifestyle
  • Tecnología
  • Salud
  • Viajes
  • Login
No Result
View All Result
Columna Digital
Home Internacional

El Constitucional rechaza amparar a Puigdemont porque no fue reconocido como eurodiputado al permanecer huido | España

Redacción by Redacción
15 noviembre, 2022
in Internacional
Reading Time: 4 mins read
A A
0
944
VIEWS
Share on FacebookShare on Twitter

El Tribunal Constitucional ha rechazado este martes los recursos del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, y del exconsejero Antoni Comín, que habían solicitado amparo porque tras su elección como eurodiputados en mayo de 2019 no se les permitió acreditarse como tales sin previa comparecencia y juramento o promesa de la Constitución ante la Junta Electoral Central (JEC), cuando permanecían huidos de la justicia en Bélgica. El tribunal ha estimado que la impugnación ha perdido objeto, puesto que ambos fueron reconocidos más tarde por el Parlamento Europeo como miembros de la cámara.

El pleno del tribunal ha desestimado el recurso que cuestionaba la decisión de la Junta Electoral Central, ratificada judicialmente, de no incluirles en la relación de diputados electos comunicada al Parlamento Europeo, una vez transcurrido el plazo para que acudieran a prestar presencialmente acatamiento a la Constitución tras las elecciones celebradas el 26 de mayo de 2019. Los magistrados han tenido encuenta que once meses antes de que fuera presentada la demanda de amparo, en sesión plenaria de 13 de enero de 2020, el Parlamento Europeo aceptó su elección como diputados europeos con efecto retroactivo a partir de 2 de julio de 2019.

El fallo —del que ha sido ponente el magistrado Cándido Conde Pumpido— explica que desde aquella fecha ambos fueron autorizados a asumir sus funciones, a ejercer su mandato representativo y a ocupar sus escaños, ejerciendo plenamente desde entonces los derechos correspondientes al cargo representativo para el que fueron elegidos. El tribunal sostiene que dicha circunstancia, “posterior a los acuerdos de la Junta Electoral Central impugnados, pone de manifiesto que, aún antes de acudir al proceso de amparo, por un acto del poder público, los recurrentes obtuvieron de facto la satisfacción extraprocesal de sus pretensiones”.

Los magistrados estiman, por tanto, que Puigdemont y Comín obtuvieron el “restablecimiento o preservación de los derechos fundamentales denunciados, por lo que su eventual lesión no pervive. El tribunal recuerda en su resolución que el cauce procesal de amparo “no es apto para pronunciarse sobre pretensiones puramente declarativas desvinculadas de una lesión real y efectiva de los derechos que se invocan”. Por tanto, “la circunstancia expuesta ha llevado a apreciar la extinción del objeto de la pretensión principal de amparo, y de todas sus derivadas, lo que justifica la desestimación de las pretensiones formuladas”.

Más información

El Constitucional tiene ahora pendiente revisar las resoluciones por las que se impidió al líder de ERC Oriol Junqueras ser proclamado eurodiputado sin acudir antes a la Junta Electoral Central (JEC) para recoger el acta y jurar la Constitución. El tribunal de garantías acordó la procedencia de esta revisión al admitir a trámite a trámite el pasado 26 de octubre los recursos presentados por Junqueras contra decisiones del Tribunal Supremo que supusieron que no pudiera adquirir la plena condición de miembro del Parlamento Europeo tras las elecciones europeas de mayo de 2019.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.

Suscríbete

Las condiciones para el reconocimiento de la condición de eurodiputado de Junqueras y los requisitos para que pudiera recoger el acta fueron objeto de numerosas controversias que el propio Supremo quiso aclarar planteando al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) una cuestión prejudicial o consulta. Las dudas surgieron después de que el 26 de mayo de 2019 Junqueras fuera elegido eurodiputado sin que el Supremo permitiera luego que el líder de ERC saliese de la cárcel, donde cumplía pena por la sentencia del procés, para ir a recoger su acta de europarlamentario.

En Paralelo, la Sala Penal presentó la cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que fueran los magistrados europeos quienes señalasen cómo había que resolver la petición del líder de ERC, que acababa de ser condenado a 13 años de prisión por un delito de sedición en concurso medial con otro de malversación de fondos públicos. El tribunal de Luxemburgo, a su vez, resolvió que Junqueras debería haber sido excarcelado y que gozaba de inmunidad cuando fue proclamado eurodiputado.

Más información

La nota precedente contiene información del siguiente origen y de nuestra área de redacción.

Previous Post

Alianza Mujeres Líderes de Morelos marcharán para exigir la destitución del Fiscal Uriel Carmona

Next Post

Hugo Sánchez presenta documental sobre su vida

Next Post

Hugo Sánchez presenta documental sobre su vida

mayo 2026
LMXJVSD
 123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031
« Abr    

BROWSE BY TOPICS

2025 america AMLO Arte cb television noticias ciudad Claudia Sheinbaum Columna Digital Cultura Deportes Donald Trump economia Elecciones españa Estados Unidos fútbol gobierno guerra Historia Innovación Internacional israel justicia Latinoamérica Liga MX mimorelia noticias Moda México noticias noticias michoacan noticias morelia noticias morelia ultima hora Opinion politica quadratin noticias Rusia salud Seguridad Sociedad Tecnología Tendencias trump Turismo ucrania Violencia

Busca una Noticia

No Result
View All Result

Columna Digital es una marca de Grupo Editorial Guíaaaa ® integrado por Periodistas y Columnistas mexicanos interesados en la objetividad informativa.

Links Rapidos

  • Media Kit
  • Terminos y Condiciones
  • Compliance & Copyright
  • Quienes Somos
  • Trabaja con Nosotros
  • Contacto
  • RSS

Categorías

  • columnas
  • Cultura
  • Deportes
  • Estados
  • Gastronomía
  • Internacional
  • Lifestyle
  • Nacional
  • Negocios
  • Política
  • Salud
  • Tecnología
  • Viajes

Columna Digital

Columna Digital HD Logo
Columna Digital HD Logo

Grupo Editorial Guíaaaa / Fundado en 1988.

  • Media Kit
  • Terminos y Condiciones
  • Compliance & Copyright
  • Quienes Somos
  • Trabaja con Nosotros
  • Contacto
  • RSS

© 2021 Columna Digital - Copyright © Todos los derechos reservados Grupo Editorial Guiaaaa.

Welcome Back!

Login to your account below

Forgotten Password?

Retrieve your password

Please enter your username or email address to reset your password.

Log In
No Result
View All Result
  • Internacional
  • Nacional
  • Política
  • Negocios
  • Estados
  • Deportes
  • columnas
  • Cultura
  • Gastronomía
  • Lifestyle
  • Salud
  • Tecnología
  • Viajes
  • Radio Columna Digital

© 2021 Columna Digital - Copyright © Todos los derechos reservados Grupo Editorial Guiaaaa.