La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones ha dado un paso significativo en la regulación del uso de líneas telefónicas móviles en México, estableciendo lineamientos claros que dan inicio a la vinculación de estas líneas. Desde marzo de 2025, se reporta que hay 142,321,873 líneas activas de telefonía móvil, de las cuales aproximadamente el 85% son de prepago, mientras que el 15% restante corresponde a pospago.
Una de las principales novedades es que cada línea móvil deberá estar vinculada a un titular, ya sea persona física o moral. A partir de ahora, si una línea no está vinculada, será deshabilitada y solo podrá realizar llamadas a servicios de emergencia. Este proceso de vinculación se inicia con la publicación de los lineamientos y se espera que se realice en plazos que permiten a los proveedores adecuar sus sistemas.
Los proveedores tienen un mes para habilitar plataformas tecnológicas que faciliten la vinculación y una segunda plataforma que permitirá consultar datos de titulares y usuarios en un plazo de 60 días. Una vez cumplido este período de implementación de 120 días, a partir del 1 de julio, las líneas que no hayan sido vinculadas serán suspendidas.
Con el objetivo de garantizar la seguridad de los datos, los proveedores solo podrán almacenar información mínima del usuario, como nombre, CURP, RFC, el número asociado y el tipo de identificación. No se permitirá la conservación de fotos, copias de credenciales ni información biométrica.
La vinculación se puede realizar de dos maneras: de forma presencial en centros de atención al cliente o remotamente a través de una plataforma de gestión. En el caso de la opción remota, el usuario recibirá un SMS con un enlace para completar el proceso, el cual se podrá intentar hasta tres veces y requerirá una prueba de vida como parte de la validación.
Es importante destacar que la vinculación, así como la consulta de datos, será gratuita. En caso de robo del dispositivo, se deberán seguir mecanismos para bloquear la línea inmediatamente, lo que implica que la responsabilidad de denunciar el robo recae en el titular.
Si un usuario no posee una identificación, los lineamientos especifican que se aceptarán credenciales que contengan CURP y fotografía, o pasaporte para los extranjeros. Una persona física podrá vincular hasta diez líneas, mientras que las personas morales no tienen esta limitante, aunque deben acreditar su condición fiscal.
Los Operadores Móviles Virtuales y comercializadoras también están obligados a cumplir con estos lineamientos. A marzo de 2025, se registraban 14,949,425 líneas bajo estas modalidades, aunque se estima que existen más no contabilizadas. La Asociación Mexicana de Operadores Móviles Virtuales ha solicitado una prórroga, manifestando dificultades técnicas y económicas.
La confidencialidad de la información es fundamental; los proveedores no podrán comercializar los datos ni usarlos para otros fines. El acceso por parte de autoridades seguirá los caminos legales establecidos, y las plataformas de consulta no almacenarán datos personales, limitándose a mostrar los últimos cuatro dígitos del número.
En cuanto a la vigilancia, las intervenciones en tiempo real requerirán fundamentos legales y autorización judicial. Si la plataforma falla, los proveedores deben tener mecanismos alternativos de notificación y la CRT realizará verificaciones de cumplimiento sin previo aviso.
Los operadores deberán enviar notificaciones a sus usuarios, tanto por SMS como a través de otros canales, informando sobre la vinculación o desvinculación de sus líneas. Aquellos usuarios en situaciones vulnerables, como indígenas o de comunidades afromexicanas, podrán solicitar asistencia personalizada a los operadores.
Cabe mencionar que otros países de la región, como Argentina, Brasil y Colombia, ya cuentan con regímenes similares de identificación de líneas móviles. Este avance en la regulación busca no solo mejorar la seguridad de los usuarios, sino también establecer un marco que permita un uso más responsable de la tecnología en el país.
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