En un esfuerzo por transformar el entorno alimentario de hospitales y centros públicos, el Ministerio de Consumo de España ha presentado un ambicioso proyecto de Real Decreto. Con una fecha de elaboración fijada para el 17 de diciembre de 2025 y publicado para información pública el 18 de diciembre, esta iniciativa busca instituir regulaciones concretas en la oferta alimentaria de estos espacios, donde la comida ha sido tradicionalmente considerada un detalle logístico, y no una parte integral del cuidado.
La propuesta no se limita a la simple inclusión de alternativas más saludables en las máquinas expendedoras. De hecho, el borrador presenta criterios mínimos que deben cumplirse tanto en comedores y cafeterías como en el ámbito de la venta automática. Entre las medidas destacadas se incluyen límites a la oferta de ultraprocesados y frituras y un requerimiento de ofrecer alimentos frescos y de temporada. Esto refleja un enfoque más integral hacia la salud y el bienestar de las personas que se encuentran en situaciones vulnerables.
El proyecto tiene dos ámbitos de aplicación:
Centros de titularidad pública: Se aplicará a museos, bibliotecas, universidades y centros deportivos, así como hospitales públicos.
Centros que atienden a personas con necesidades especiales: Este grupo abarca residencias, centros de mayores y otros espacios de atención social.
Un aspecto significativo de la normativa es que los centros escolares no se encuentran bajo su regulación, dado que ya están sujetos a una normativa específica establecida en abril de 2025.
La propuesta estipula que, en las máquinas expendedoras, al menos el 80% de la oferta debe ser saludable y situarse en zonas de fácil acceso para los usuarios. Esto se traduce en que productos como frutas frescas, hortalizas, y otros alimentos nutritivos estarán en las filas más visibles y accesibles. Por su parte, los ultraprocesados no podrán estar a la altura de los ojos, un cambio que busca transformar la forma en que los consumidores eligen sus alimentos.
Además, la norma contempla que el café y otras bebidas calientes sean servidas sin azúcar por defecto. Se establece un límite de 5 gramos de azúcar añadido si el consumidor lo solicita. También se especifican requisitos nutricionales para otros productos que puedan incluirse, limitando su contenido calórico y de azúcares.
El ámbito de influencia de este decreto también se extiende a los comedores en los que se ofrece pensión completa. Se propone restringir la presencia de ultraprocesados y frituras a un máximo de dos raciones semanales en centros con régimen residencial, y una sola vez en desayunos o meriendas.
Un aspecto adicional que merece atención es la intención de garantizar un 90% de frutas y hortalizas frescas en estos centros, así como una oferta que respete producciones ecológicas y de circuitos cortos. Asimismo, se busca promover el acceso al agua potable, que deberá estar disponible de forma gratuita en cafeterías y otros espacios.
A pesar de la buena intención que refleja esta propuesta, aún queda un camino por recorrer. La norma, todavía en su fase de borrador, no será obligatoria hasta que sea publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Después de su aprobación, se prevé un periodo de adaptación de hasta 24 meses para los contratos vigentes, y una formación adicional para el personal de cocina que puede prolongarse hasta 36 meses.
Por lo tanto, aunque de momento se trata de una promesa de mejora en el acceso a nutrición saludable en espacios donde las personas suelen ser más vulnerables, queda un largo proceso de implementación por delante. Si esta iniciativa logra concretarse, podría representar un cambio significativo en la cultura alimentaria de hospitales y otros centros públicos, facilitando que, en lugares donde la salud es prioritaria, las opciones no sean sólo un reto logístico, sino una verdadera oportunidad para mejorar la alimentación y el bienestar de todos.
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