La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sido objeto de intensas críticas tras su fallo unánime sobre la constitucionalidad del Acuerdo 10/09/2023 de la Secretaría de Educación Pública (SEP), que ha reducido significativamente los requisitos de asistencia y evaluación para que los estudiantes avancen de grado en educación preescolar, primaria y secundaria. Este acuerdo ha generado un amplio debate sobre la calidad educativa y el futuro de los estudiantes en México.
La ministra Lenia Batres, encargada de llevar el caso, presentó una resolución de dieciocho páginas, en la que argumentó que la excelencia académica no se mide únicamente por la asistencia o calificaciones numéricas, sino que debe contemplar un enfoque integral en la formación de los alumnos. En su sitio web personal, hizo énfasis en que el objetivo del desarrollo formativo es promover la permanencia de los niños en las escuelas y no evaluarles exclusivamente con criterios numéricos.
Sin embargo, el contexto bajo el cual se enmarca esta decisión añade un aire de ironía. La misma semana en que se aprobó la sentencia, el Secretario de Educación, Mario Delgado, anunció que el calendario escolar se concluiría aproximadamente 40 días antes de lo previsto, citando las olas de calor y problemas de movilidad asociados con el Mundial. Aunque posteriormente se retractó, este anuncio pareció dejar entrever que la permanencia escolar no es la prioridad del gobierno actual.
El Colegio El Roble, S.C. había interpuesto un amparo argumentando que las nuevas regulaciones del Acuerdo 10/09/2023 representaban un retroceso en la búsqueda de la excelencia y en la erradicación de la ignorancia. Desde su primera instancia, la SEP mostró desdén al no presentar un informe que justificara sus acciones, lo que culminó en un fallo desfavorable para el colegio en el juzgado. Al interponer un recurso de revisión, la SCJN asumió el caso, que se asignó a la ministra Batres, conocida por su cuestionable desempeño técnico.
La expectativa del equipo legal del Colegio El Roble debió ser desalentadora, dado que su caso se presentó ante una figura considerada por muchos como carente de la preparación necesaria para abordar cuestiones de tal envergadura. La ausencia de un análisis exhaustivo sobre los argumentos planteados por el colegio en la sentencia aprobada por la SCJN fue notable. No hubo una evaluación comparativa entre las políticas educativas previas y las actuales. La ministra limitó su argumentación a la oposición a la evaluación numérica, sin ofrecer fundamentos concretos.
Este fallo, que se percibe como un paso atrás en la educación mexicana, podría tener repercusiones graves a largo plazo, pues la disminución en los estándares educativos amenaza con llevar a una falta de competitividad laboral en el futuro. La calidad de la educación se presenta no solo como un tema de políticas públicas, sino como un pilar fundamental para el desarrollo del país y el bienestar de su infancia.
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