En el contexto del regreso a clases de 2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha revelado que los gastos en colegiaturas y transporte escolar podrán ser deducidos en la declaración anual de las personas físicas, siempre que se cumplan ciertos requisitos fiscales. Esta medida representa una importante oportunidad para las familias que buscan aliviar la carga económica que puede suponer la educación de sus hijos.
¿Quiénes son elegibles para aplicar la deducción?
Los contribuyentes que podrán beneficiarse de esta deducción son aquellos que realicen gastos en nombre de familiares ascendentes o descendentes en línea recta. Sin embargo, es fundamental que estas personas no perciban ingresos superiores a 41,273 pesos anuales, un monto que corresponde al valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Para que la deducción se valide, el SAT ha dejado claro que los pagos deben realizarse exclusivamente a través de métodos formales, como cheques, transferencias electrónicas y tarjetas de débito o crédito. Esto tiene como objetivo asegurar la transparencia y la trazabilidad de las transacciones.
Montos máximos deducibles
El SAT también ha establecido límites claros sobre las deducciones permitidas. Los montos máximos deducibles varían según el nivel educativo del estudiante:
- Preescolar: hasta 14,200 pesos
- Primaria: hasta 12,900 pesos
- Secundaria: hasta 19,900 pesos
- Profesional técnico: hasta 17,100 pesos
- Bachillerato o equivalente: hasta 24,500 pesos
Es importante destacar que conceptos como inscripción, reinscripción y becas no son deducibles.
Deducción del transporte escolar
En cuanto al transporte escolar, si este está incluido en la colegiatura, es crucial que el desglose del monto correspondiente esté claramente especificado en la factura. Además, las instituciones educativas deben estar autorizadas y ser reconocidas oficialmente para expedir comprobantes fiscales válidos.
Requisitos para las facturas
Para que los gastos sean deducibles, las facturas emitidas por servicios educativos deben contener información precisa, como el nombre y CURP del alumno, el nivel escolar, la clave de reconocimiento de validez oficial, y el uso del CFDI con la clave “Pagos por servicios educativos”. Asimismo, deben incluir el medio de pago conforme a las disposiciones fiscales.
El SAT enfatiza la importancia de revisar detenidamente las facturas para evitar problemas al realizar la declaración anual, lo que permite a los contribuyentes maximizar sus beneficios fiscales durante este regreso a clases.
Con esta información, los contribuyentes pueden prepararse adecuadamente para aprovechar las deducciones relacionadas con la educación en el proceso de declaración anual, aliviando así parte de la carga financiera que implica el inicio del ciclo escolar.
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