La Asociación Mexicana de Afores (Amafore) ha expresado su apoyo a la reciente reforma aprobada en la Cámara de Diputados, destinada a regular los retiros por desempleo y a combatir las prácticas fraudulentas que han afectado este proceso. Según la Amafore, cualquier ajuste normativo que mejore las pensiones y garantice un ejercicio transparente y seguro de este derecho se considera positivo.
Es importante destacar que para muchos trabajadores formales, la cuenta individual de Afore constituye su patrimonio principal. Por ello, recurrir a estos ahorros en tiempos de crisis es comprensible y necesario. Sin embargo, la Amafore advierte que estos retiros no solo disminuyen el saldo de la cuenta de ahorros, sino que también reducen las semanas de cotización necesarias para acceder a una pensión. La asociación recalca que los trabajadores deben ser conscientes de la importancia de reintegrar los fondos retirados en cuanto sus circunstancias lo permitan.
En el marco de esta reforma, los diputados han tomado medidas adicionales para atacar los fraudes observados por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar). Las irregularidades detectadas incluyen la simulación de contratos laborales, donde trabajadores eran registrados con salarios inflados por breves periodos, permitiendo así que los despachos privados gestionaran retiros por desempleo de montos elevados, a cambio de altas comisiones.
La reforma modifica el artículo 191 de la Ley del Seguro Social, estableciendo que el monto del retiro por desempleo se basará en el salario base de cotización promedio de las últimas 52 semanas, en lugar de solo considerar el último salario registrado. Esto elimina una laguna que facilitaba el fraude por parte de despachos deshonestos. Además, el nuevo marco regula que aquellos trabajadores con al menos tres años en su Afore tendrán retiros acordes a su antigüedad de cotización y elimina el tope de 10 UMAs, que anteriormente limitaba el monto a 34,395 pesos.
Con esta reforma, el retiro por desempleo sigue siendo un derecho accesible para aquellos que han estado en esta situación durante al menos 46 días. Se mantienen dos modalidades: la modalidad A, que permite retirar lo que resulte menor entre 30 días del salario base de cotización promedio del último año o el 11.50% de los recursos acumulados; y la modalidad B, que considera lo que resulte menor entre 90 días del salario base de las últimas 252 semanas o el mismo porcentaje. Para acceder a la primera, se requiere una antigüedad de al menos tres años, mientras que la segunda exige cinco años o más.
La actualización de estas regulaciones no solo busca disminuir la posibilidad de fraude, sino también proteger los ahorros de los trabajadores en su camino hacia una pensión digna y segura. La información aquí presentada corresponde a la fecha de publicación original, el 24 de junio de 2025, y hasta esta fecha, las reformas están en vigor.
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