El Tribunal Supremo ha confirmado la condena al exalcalde de Alcarràs por favorecer la celebración del referéndum del 1-O. Según la sentencia, el exalcalde fue hallado culpable de un delito de desobediencia grave al haber permitido la apertura de locales municipales para la votación del referéndum ilegal de independencia de Cataluña en octubre de 2017.
El tribunal consideró que el exalcalde desobedeció de forma consciente y deliberada la orden del Tribunal Constitucional de suspender la convocatoria del referéndum y de impedir su celebración. Además, se estableció que la actuación del exalcalde no solo fue una falta de respeto a la legalidad vigente, sino que también puso en riesgo la estabilidad y la convivencia democrática en el municipio.
Tras el fallo del Tribunal Supremo, se confirma que el exalcalde deberá cumplir con la pena impuesta en la sentencia previa, la cual incluye la inhabilitación para ejercer cargos públicos durante un periodo de tiempo determinado.
Este caso pone de manifiesto la importancia del respeto a las leyes y al orden constitucional en cualquier sociedad democrática, así como la necesidad de que las autoridades locales actúen dentro del marco legal establecido, evitando situaciones que puedan poner en riesgo la estabilidad institucional y la convivencia democrática.
Gracias por leer Columna Digital, puedes seguirnos en Facebook, Twitter, Instagram o visitar nuestra página oficial.