El Tribunal Supremo ha confirmado que la devolución de menores desde Ceuta a Marruecos en agosto de 2021 fue ilegal. Esta decisión se basa en el principio de que ninguna persona, independientemente de su edad, puede ser devuelta a un país donde su vida, integridad física o libertad corran peligro.
El caso se remonta a agosto de 2021, cuando un grupo de menores no acompañados fue devuelto a Marruecos desde Ceuta, sin haber sido sometidos a un procedimiento individualizado que garantizara sus derechos y su seguridad. El Tribunal Supremo ha considerado que esta acción violó los principios de protección a la infancia y de no devolución, establecidos tanto en la legislación nacional como en los tratados internacionales suscritos por España.
Esta decisión del Tribunal Supremo reafirma la importancia de respetar los derechos de los menores, especialmente de aquellos que se encuentran en situación de vulnerabilidad. Asimismo, pone de manifiesto la obligación de las autoridades de asegurar que cualquier medida relacionada con menores no acompañados se lleve a cabo de acuerdo con el marco legal establecido.
El fallo del Tribunal Supremo también resalta la necesidad de implementar políticas y procedimientos que garanticen la protección de los derechos de los menores migrantes, así como la cooperación internacional para abordar las causas profundas de la migración y proteger a quienes se ven obligados a abandonar sus países de origen.
En este sentido, es fundamental que las autoridades actúen de conformidad con los estándares internacionales y respeten los derechos fundamentales de todas las personas, independientemente de su situación migratoria. La protección de los menores no acompañados debe primar sobre cualquier consideración de índole administrativa o migratoria, con el fin de garantizar su bienestar y su integridad.
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