En un fallo unánime, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha reafirmado la constitucionalidad del artículo 223, fracción I, del Código Penal Federal, el cual define el delito de peculado. Esta decisión ha sido tomada en el contexto del amparo directo en revisión 4634/2025, promovido por la ministra Estela Ríos González.
El artículo cuestionado establece claramente que es culpable de peculado cualquier servidor público que, en beneficio propio o de un tercero, desvíe para su uso personal dinero, bienes o cualquier objeto perteneciente al Estado o a un particular, siempre que haya recibido estos recursos en virtud de su cargo. Este detalle es crucial, ya que establece quiénes son los responsables durante la administración pública y cómo deben manejar los recursos públicos.
La Corte concluyó que no solo las expresiones “para su beneficio o el de una tercera persona” y “distraiga”, que habían sido impugnadas, cumplen con el principio de legalidad penal, sino que toda la fracción I del artículo es suficientemente clara y precisa. En su razonamiento, se destacó que el contexto de la norma permite entender su significado de manera accesible tanto desde el lenguaje natural como desde el jurídico.
Además, un análisis gramatical reveló que el término “beneficio” se asocia a un “bien recibido” o “ganancia económica”, mientras que “tercera persona” se refiere a alguien que no es parte de una negociación, y “distraer” implica desviar o malversar fondos. Esta claridad en la redacción contribuye a que los destinatarios de la norma la comprendan sin ambigüedades.
Este pronunciamiento de la SCJN refuerza la importancia de contar con un marco legal sólido que rija el comportamiento de los servidores públicos, a fin de proteger los intereses del Estado y de los ciudadanos. Al dejar en claro que las disposiciones son constitucionales, la Corte busca disuadir la corrupción y establecer un precedente que fomente la rendición de cuentas en el ejercicio de la función pública.
En un entorno donde la transparencia es cada vez más requerida, la reafirmación de esta norma penal abre la puerta a una mayor vigilancia de la administración pública, contribuyendo a la lucha contra la impunidad en el país. Esta resolución no solo fortalece el marco legal, sino que también sirve como un recordatorio de la responsabilidad que tienen los servidores públicos en el uso y manejo de los recursos estatales.
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