El 28 de octubre de 2025, el Senado de la República aprobó una reforma significativa al Código Fiscal de la Federación (CFF) que introdujo un nuevo delito relacionado con la emisión y recepción de comprobantes fiscales falsos. Esta modificación, que ha captado la atención de los expertos en derecho fiscal, contempla penas de dos a nueve años de prisión, además de la posibilidad de prisión preventiva oficiosa.
La clave de esta reforma es la adición del artículo 113-Bis, que penaliza a quienes, ya sea directamente o a través de terceros, expidan, compren o utilicen comprobantes fiscales falsos. Luis Pérez de Acha, especialista en derecho fiscal, destaca que esta modificación impone nuevas obligaciones a los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), que deberán respaldar operaciones legítimas y reales.
Uno de los aspectos más relevantes es la creación de una clasificación de “CFDIs falsos”. Aquellos comprobantes que no respalden operaciones auténticas serán categorizados como tales, y se establecerán sanciones tanto para quienes los emitan como para quienes los reciban. De acuerdo con Pérez de Acha, esto representará un cambio drástico en el tratamiento penal de estos delitos, alineándose con la medida de prisión preventiva oficiosa ya implementada desde el 1 de enero de 2025, en virtud de una reforma al artículo 19 de la Constitución.
Las “factureras”, es decir, empresas que emiten facturas por operaciones inexistentes o ficticias, se encuentran en la mira de las autoridades fiscales. Estas entidades, conocidas formalmente como Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS), son responsables de un grave daño al sistema fiscal, facilitando la evasión de impuestos y otras actividades ilícitas. Según la última publicación, México tiene registradas 11,067 EFOS, y con esta nueva legislación, no solo se sancionará a estas empresas, sino también a cualquiera que reciba o utilice sus facturas.
Un aspecto inquietante de la reforma es que si se determina que un solo comprobante emitido por un contribuyente es falso, todos sus demás CFDIs pueden ser considerados igualmente inválidos. Además, quienes estén involucrados en la emisión de comprobantes falsos enfrentarán restricciones temporales, y potencialmente definitivas, en el uso de sus certificados de sello digital.
Para que la autoridad fiscal pueda actuar penalmente frente a un caso de facturación falsa, será necesario presentar una denuncia ante el Ministerio Público. Esta medida busca reforzar la lucha contra la evasión fiscal y asegurar que el sistema tributario opere de manera justa y transparente. En este sentido, Grisel Galeano, titular de la Procuraduría Fiscal de la Federación, informó durante su comparecencia en la Cámara de Diputados que han presentado 59 denuncias relacionadas con factureras en un periodo de tres años.
Con estas reformas, el gobierno de México está dando un paso importante hacia la regulación de las prácticas fiscales, asegurando que los CFDI realmente respalden transacciones legítimas y combatiendo severamente el uso de comprobantes falsos. Esta nueva legislación es una clara advertencia a quienes intenten eludir sus responsabilidades fiscales.
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