Desde el pasado viernes 1 de abril, las personas físicas deben presentarse ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para presentar su Declaración Anual de Impuestos que corresponde al 2021. No obstante puede que a algunas personas esta cifra les salga con saldo en contra.
Lo anterior puede ocurrir en caso de que la persona física no presentara una de las declaraciones mensuales anteriores. Mientras que también podría ocurrir en caso de tener excedentes en los gastos que declaraste, contra los ingresos que tuviste.
En caso de que la persona física no pague estas sanciones se le darán más multas y cargos en su contra, por lo que es ideal saldar dicha deuda en una sola exhibición.
Ante esta situación, el SAT pone a disposición de sus usuarios el método para hacer pagos a meses sin intereses con la intención de que el contribuyente pueda cubrir el monto de su sanción.
Para realizar lo anterior deberás abonar por lo menos 20 por ciento del adeudo, mientras que el 80 restante lo podrás cubrir incluso a 36 meses sin intereses.
Esta modalidad también te generará los siguientes intereses:
- 1 a 12 meses: Interés del 1.26 por ciento
- 13 a 24 meses: interés del 1.53 por ciento
- 25 a 36 meses: interés del 1.82 por ciento
El usuario en cuestión tendrá hasta 45 días para cubrir el adeudo al SAT. No obstante, en caso de que no se comunique la decisión, el SAT podrá sancionar a la persona física en cuestión.
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