Siete de cada diez mexicanos se encuentran en una situación de sobreendeudamiento, muchas veces debido al uso desmedido de tarjetas de crédito. Un análisis realizado por la empresa Bravo revela que el 52% de la población percibe el crédito como su principal acceso a financiamiento, lo que incrementa el riesgo de acumulación de deudas. Se estima que el 77% de los adultos vive al borde de su capacidad financiera o ha sobrepasado este límite, lo que puede llevar a situaciones de impago en tarjetas tanto bancarias como no bancarias.
La preocupación por una posible demanda judicial ante impagos se hace latente, aunque no existe un protocolo claro que indique cuándo las instituciones financieras toman esta decisión. Según Ángel González, director general de la Organización Nacional de la Defensa del Deudor, el riesgo de enfrentar una demanda judicial puede comenzar a vislumbrarse cuando la deuda asciende a unos 30,000 pesos. Si bien en este rango de deuda el riesgo es bajo y la mayoría de los casos se resuelven sin mayores consecuencias, es fundamental estar alerta.
A medida que la deuda crece —por encima de los 100,000 pesos— el riesgo de una acción legal aumenta, aunque no siempre es inminente. Diferentes factores juegan un papel importante en la decisión de un banco o institución de demandar, incluyendo el historial crediticio del deudor y el tiempo transcurrido desde el último pago. No es lo mismo deberle a una sociedad financiera popular que a un banco reconocido; cada entidad actúa de forma distinta.
Si una entidad decide vender la deuda a un despacho de abogados, la situación puede cambiar drásticamente. En estos casos, el riesgo de enfrentar un proceso judicial se incrementa, dado que estos despachos suelen estar especializados en la recuperación de deudas vencidas, lo que les facilita ejecutar acciones más agresivas.
En caso de que se inicie un juicio, el primer paso es la notificación oficial al deudor. Antes de llegar a este punto, los bancos suelen intentar negociar. Las opciones pueden incluir la extensión del plazo de pago o recurrir a despachos de cobranza, los cuales, es importante recordar, no están autorizados a intimidar al deudor. Si las soluciones alternativas fallan, la situación puede escalar, resultando en una demanda en la que se podría determinar el embargo de bienes.
Es vital señalar que los embargos solo pueden realizarse a través de un proceso judicial con la aprobación de un juez y no de manera extrajudicial. La legislación protege ciertos bienes, como ropa y herramientas de trabajo, mientras que otros, como autos y cuentas bancarias, son susceptibles a embargo.
Estos datos y situaciones de riesgo se vuelven especialmente relevantes en un contexto donde el uso de tarjetas de crédito continúa siendo una práctica común entre los mexicanos. La adecuada educación financiera y el conocimiento de los derechos pueden ser la clave para navegar de manera efectiva en un entorno donde las deudas son cada vez más comunes, y las consecuencias de impagos pueden ser significativas.
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