La reciente decisión del Tribunal de Apelación del Undécimo Circuito ha exigido la atención de la comunidad aérea internacional al anular la solicitud del Departamento de Transporte de Estados Unidos (DOT) de retirar la inmunidad antimonopolio de la alianza entre Delta y Aeroméxico. Este fallo no solo representa una victoria significativa para las aerolíneas involucradas, sino que también subraya la complejidad de las relaciones comerciales en el contexto del acuerdo bilateral de aviación entre México y Estados Unidos.
Desde 2016, cuando el DOT aprobó esta alianza, se había considerado que la cooperación entre Delta y Aeroméxico podría fomentar la competencia y beneficiar a los pasajeros. Sin embargo, en un giro inesperado, el DOT cambió su posición, citando que la reducción de capacidad en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México y la reubicación de aerolíneas de carga al Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles habían deteriorado las condiciones competitivas, lo que llevó a la solicitud de anulación de la inmunidad en septiembre de 2025.
El tribunal no rechazó la existencia de estos problemas, pero cuestionó la manera en que el DOT llegó a su decisión. Al evaluar la solicitud, el DOT se había enfocado casi exclusivamente en el AICM, que, aunque importante, solo representa poco más del 20% de los vuelos entre ambos países. El tribunal enfatizó que la decisión del DOT carecía de un análisis pertinente que justificara desmantelar una alianza operando a nivel bilateral, afectando potencialmente a un mercado mucho más amplio que el de un solo aeropuerto.
Adicionalmente, el tribunal observó una inconsistencia notable en la postura del DOT. Al exigir que el cumplimiento del acuerdo de “cielos abiertos” fuera un requisito para la inmunidad antimonopolio, el DOT había autorizado anteriormente alianzas con aerolíneas japonesas operando en Haneda, pese a que existen restricciones en ese aeropuerto. Esta aparente doble moral en el tratamiento de las alianzas generó dudas sobre el criterio aplicado a México frente a Japón.
A pesar de que la resolución fortalece a Delta y Aeroméxico al preservar su alianza, no debe interpretarse como un triunfo absoluto de la política aérea mexicana. El tribunal no abordó si la reducción de slots o la gestión del AICM son compatibles con el acuerdo bilateral, dejando así abiertas cuestiones críticas que aún requieren atención.
Washington y México habían acordado en mayo de 2026 un entendimiento preliminar para trabajar hacia el cumplimiento del acuerdo de aviación de 2015, aunque el DOT ha insistido en la necesidad de acciones concretas. La sentencia actual resuelve una controversia específica entre dos empresas, pero no elimina el trasfondo de tensiones entre los gobiernos de ambos países.
El desafío a futuro radica en encontrar negociaciones efectivas que logren despejar las diferencias bilaterales mediante reglas claras y compromisos verificables. La reciente decisión judicial es un paso crucial, pero aún queda un camino por recorrer para resolver las tensiones en la aviación entre México y Estados Unidos. El regreso a la mesa de negociaciones permitirá, esperemos, un avance hacia un entendimiento más robusto y funcional en el ámbito aéreo.
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