Derecho de Réplica
Última actualización: 16 de octubre de 2026
El presente documento establece el procedimiento para el ejercicio del derecho de réplica ante Columna Digital, derecho reconocido por el orden constitucional, conforme a la legislación aplicable en materia de derecho de réplica (la «Legislación Aplicable»).
1. Titularidad
1.1. Toda persona física o moral podrá ejercer el derecho de réplica respecto de la información inexacta o falsa que Columna Digital haya publicado sobre ella y cuya divulgación le cause un agravio, en los términos de la Legislación Aplicable.
2. Plazo y forma de la solicitud
2.1. La solicitud deberá presentarse por escrito, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación de la información, mediante correo electrónico dirigido a [email protected], con la referencia «Réplica».
2.2. La solicitud deberá contener: (a) el nombre de la persona afectada y, en su caso, el de su representante, con el documento que acredite la representación; (b) un correo electrónico para oír y recibir notificaciones; (c) la dirección electrónica y la fecha de la información; (d) la descripción de los hechos que se consideran inexactos o falsos y la exposición del agravio; (e) el texto de la réplica, que deberá limitarse a los hechos de la información, sin comentarios ni valoraciones ajenos a ellos ni expresiones ofensivas; y (f) en su caso, los documentos que la sustenten.
3. Resolución y publicación
3.1. Columna Digital resolverá sobre la procedencia de la solicitud y, de resultar procedente, publicará la réplica dentro de los plazos establecidos en la Legislación Aplicable, con características de presentación y ubicación análogas a las de la información que la motivó.
3.2. Columna Digital podrá negar la publicación de la réplica en los supuestos previstos en la Legislación Aplicable, mediante comunicación escrita y fundada dirigida al solicitante.
3.3. Lo anterior se entiende sin perjuicio de las acciones que correspondan al solicitante ante las autoridades competentes conforme a la Legislación Aplicable.
4. Relación con la Política de Correcciones
4.1. Las solicitudes de corrección que no constituyan ejercicio del derecho de réplica se tramitarán conforme a la Política de Correcciones.
Historial de cambios
- 16 de octubre de 2026: Primera versión publicada.
