La sección quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, la que se encarga habitualmente de resolver todos los recursos presentados contra indultos en el alto tribunal, se dividió este jueves al analizar los registrados contra el perdón que el Gobierno concedió en junio pasado a los nueve líderes del procés condenados por sedición. Las diferencias de criterio dentro del tribunal existían desde el inicio de la deliberación, que se ha celebrado en dos sesiones, pero, según fuentes jurídicas, a lo largo del debate la balanza se fue inclinando desde posiciones más favorables a admitir al menos los recursos presentados por partidos políticos (PP y Vox) a la postura finalmente adoptada de rechazar de plano todas las impugnaciones por falta de legitimación de los recurrentes. La deliberación empezó con tres votos frente a dos favorables a estudiar algunos de los recursos y terminó con el mismo resultado pero a favor de la decisión opuesta.
Más Información
En esta jurisdicción no hay una acción pública como tal, por lo que los recurrentes tienen que demostrar que son afectados o perjudicados directos de la medida que impugnan; en este caso, los indultos. Las dudas sobre quién está legitimado para impugnar las medidas de gracia eran desde el principio el gran obstáculo que tenían que salvar los recursos registrados contra la decisión del Gobierno de perdonar la pena que les quedaba por cumplir a Oriol Junqueras y los otros ocho líderes independentistas condenados a entre 9 y 13 años de cárcel por sedición (algunos también por malversación). La jurisprudencia no era favorable a los recursos presentados por los partidos políticos, como hicieron PP y Vox, aunque el partido de ultraderecha tenía a su favor el haber formado parte del proceso penal como acusación popular. Finalmente, el tribunal ha cerrado la puerta a ambos.
Lo habitual es que los indultos los impugne un perjudicado directo (por ejemplo, la víctima de un delito), por eso Ciudadanos optó por no presentarlo como formación sino a nombre de tres de sus miembros que eran diputados del Parlament (Inés Arrimadas, Carlos Carrizosa y José María Espejo-Saavedra) durante la legislatura que concluyó con la declaración unilateral de independencia del 27 octubre de 2017. También el PP optó por probar con esta posibilidad y, además del recurso a su nombre, varios diputados y exdiputados catalanes (Alejandro Fernández, Santiago Rodríguez, Andrea Levy, Juan Bautista Milian y Lorena Roldán) registraron sus propias impugnaciones alegando ser parte perjudicada de los delitos cometidos por los líderes independentistas. Pero el Supremo no les ha considerado legitimados para recurrir, como tampoco al ex delegado del Gobierno en Cataluña o a la asociación Pro Patrimonium Sijena y Jerusalén y a Convivencia Cívica Catalana. En total se había presentado 63 recursos (siete por cada uno de los nueve indultos concedidos) y el tribunal los ha inadmitido todos.
Gracias por leer Columna Digital, puedes seguirnos en Facebook y Twitter, o visitar nuestra pagina oficial.
La nota precedente contiene información del siguiente origen y de nuestra área de redacción.


