Imagine que, para cruzar la plaza pública de su ciudad, hable con sus vecinos o muestre las mercancías de su negocio, deba pagar un peaje obligatorio a un terrateniente. Peor aún: imagine que este terrateniente tiene el poder absoluto de decidir, según sus propios códigos privados, qué palabras puede pronunciar y cuáles ameritan su expulsión inmediata, sin derecho a un debido proceso ni a una explicación transparente.
Esto, que evoca imágenes de la Baja Edad Media, describe alarmantemente la realidad cotidiana en el entorno digital. Pensadores como Yanis Varoufakis, en su obra “Tecnofeudalismo: El sigiloso sucesor del capitalismo” (2023), y Cédric Durand, en “Technoféodalisme: Critique de l’économie numérique” (2020), han acuñado el término “tecnofeudalismo” para ejemplificar esta nueva era socioeconómica.
A diferencia del capitalismo tradicional, que se basa en la competencia y en el crecimiento de bienes y servicios regulados, el tecnofeudalismo se fundamenta en la extracción de rentas a través de monopolios de infraestructura. Las grandes corporaciones tecnológicas no solo participan en el mercado; en su lugar, son el mercado. Poseen el feudo digital, que incluye las plataformas, la nube de almacenamiento y las autopistas de datos donde la sociedad contemporánea se reúne, comercia y discute. En este ecosistema, los usuarios aportamos una jornada laboral no remunerada, pagando nuestro acceso con atención y datos que alimentan al verdadero soberano actual: el algoritmo.
Esta asimetría crea una tensión constitucional sin precedentes. Las constituciones modernas y los tratados internacionales, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, fueron diseñados para proteger a los ciudadanos de abusos del poder estatal. Hoy, sin embargo, el mayor riesgo para la libre expresión y el acceso a la información proviene de los “términos y condiciones de servicio” redactados unilateralmente por empresas de Silicon Valley.
El origen de este absoluto poder privado se encuentra en la Sección 230 de la Communications Decency Act estadounidense, aprobada en 1996. Inicialmente concebida para incentivar el desarrollo de Internet, esta cláusula otorgó a las plataformas una doble inmunidad legal: no son responsables por el contenido publicado por terceros y pueden actuar de manera discrecional para moderar o eliminar contenido. Lo que comenzó como un impulso a la innovación ha terminado por convertirse en un permiso para que unas pocas empresas modelen el debate público global sin rendir cuentas a nadie.
Este panorama reactiva un debate fascinante en la teoría del derecho, conocido como Drittwirkung o doctrina de la eficacia horizontal de los derechos humanos. Esta teoría sostiene que los derechos fundamentales no solo deben protegerse frente al Estado, sino también en las relaciones entre particulares, especialmente cuando existe un poder privado que anula la autonomía del individuo. Si las redes sociales son ahora la nueva plaza pública, ¿pueden seguir escudándose en ser simples clubes privados con derecho de admisión arbitraria?
A nivel global, la respuesta regulatoria está en un proceso de bifurcación. Mientras en Estados Unidos, demócratas y republicanos discuten cómo reformar o limitar la Sección 230, la Unión Europea ha tomado la delantera con la Ley de Servicios Digitales (DSA), que impone a las plataformas obligaciones de transparencia y procesos adecuados para los usuarios afectados.
México enfrenta un reto significativo. El ecosistema digital es crucial para millones de pequeñas y medianas empresas, además de ser el escenario donde se desarrolla nuestra conversación democrática. Regular este entorno requiere una intervención precisa. El artículo 19.17 del T-MEC ha traído consigo el espíritu de inmunidad de la Sección 230 estadounidense, limitando así la capacidad del legislador local. Si el Estado interviene de manera excesiva, corre el riesgo de instrumentalizar la censura; si se inhibe completamente, valida el arbitraje de los señores feudales de la red.
El tecnofeudalismo no es una profecía distópica; es el statu quo del siglo XXI. El gran desafío contemporáneo no es renunciar a la tecnología, sino democratizarla. Someter el algoritmo al imperio del derecho y garantizar que las garantías constitucionales sigan vigentes en el entorno digital es esencial para evitar que la era de la información se convierta, paradójicamente, en nuestra nueva edad oscura.
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