En el contexto de una concesión de autopista en España, se ha revelado que había una cláusula heredada del régimen franquista que eximía a la concesionaria del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). Esta exención estaba ligada a la condición de que la concesionaria realizara inversiones en la autopista. Sin embargo, debido a la finalización de las inversiones, esta exención ha llegado a su fin.
Este descubrimiento ha causado revuelo, ya que se considera una cláusula anacrónica que ha permitido a la concesionaria no cumplir con sus obligaciones fiscales durante muchos años. Aunque la concesionaria ha argumentado que la exención estaba contemplada en el contrato de concesión, los críticos señalan que se trata de un privilegio heredado del franquismo que ha perdurado mucho tiempo después de su abolición.
La finalización de esta exención ha llevado a que la concesionaria deba comenzar a pagar el IBI, lo que representa un aumento significativo en sus costos operativos. Por otro lado, desde el punto de vista del gobierno local, esto significa un ingreso adicional en impuestos que beneficiará a la comunidad.
En resumen, la cláusula franquista que eximía a la concesionaria del pago del IBI ha llegado a su fin, lo que ha generado debates sobre la justicia y la actualidad de ciertas disposiciones heredadas de épocas pasadas. Este caso pone de manifiesto la importancia de revisar y actualizar los contratos de concesión para adaptarlos a la realidad actual y garantizar la equidad en el cumplimiento de obligaciones fiscales.
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