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JUSTICIA COTIDIANA – “DE ESTA NO TE SALVAS”

Por Luis Alfredo Cortés Alvarez

Redacción by Redacción
16 enero, 2026
in columnas
Reading Time: 3 mins read
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En días recientes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación volvió a poner un tema incómodo —pero necesario— sobre la mesa: la responsabilidad real de los padres frente a sus hijos. A través de un nuevo criterio, la Corte determinó que el padre biológico está obligado a pagar pensión alimenticia desde el nacimiento, aun cuando el menor haya sido reconocido legalmente por otra persona, como puede ser un abuelo u otro familiar.

Dicho de forma sencilla: no importa si alguien más dio la cara en el papel; quien engendró, tiene la obligación. Y esa obligación no empieza cuando conviene, sino desde que el niño o la niña llega al mundo.

Este criterio no surgió de la nada. Viene de un caso real, de esos que ocurren todos los días en nuestro país: una menor registrada por su abuelo, quien asumió su cuidado y manutención, mientras el padre biológico intentaba evadir su responsabilidad bajo el argumento de que “legalmente” no era el padre. La Corte fue clara: la pensión alimenticia no se borra con un acta de nacimiento mal utilizada.

¿Por qué es importante esta decisión?
Porque la pensión alimenticia no es un castigo para el padre, como muchos creen, sino un derecho de los hijos. Es un derecho humano, irrenunciable y prioritario. No depende de si hubo amor, si la relación terminó mal o si alguien más decidió ayudar. El derecho del menor está por encima de cualquier arreglo entre adultos.

Durante años, en la práctica cotidiana, hemos visto cómo algunos padres evitan su obligación con pretextos legales, familiares o incluso económicos. “Que el abuelo lo registró”, “que yo nunca supe”, “que no tengo trabajo”, “que ella no me deja verlo”. Excusas sobran. Lo que falta, muchas veces, es responsabilidad.

Con este criterio, la Corte manda un mensaje contundente: no se puede jugar con los derechos de la infancia. Si hay vínculo biológico, hay obligación. Punto.

Los aspectos positivos: poner al menor en el centro.

Entre los grandes aciertos de esta decisión está que pone en el centro al niño o a la niña, no al conflicto entre adultos. También cierra la puerta a prácticas que, aunque disfrazadas de apoyo familiar, terminaban siendo una forma de evadir responsabilidades.

Además, este criterio fortalece a muchas madres que han cargado solas con la crianza, mientras el padre se escondía detrás de formalismos legales. No se trata de revancha, se trata de justicia básica: criar cuesta, alimentar cuesta, educar cuesta, y no es justo que esa carga recaiga solo en una parte.

Otro punto importante es el efecto preventivo. Saber que la responsabilidad no prescribe ni se transfiere puede hacer que más padres piensen dos veces antes de desentenderse de sus hijos.

Pero ahora veamos los claroscuros: cuando la ley choca con la realidad.

Sin embargo, también hay que decirlo con honestidad: esta decisión no está exenta de problemas. Uno de ellos es la exigencia de pagar pensión desde el nacimiento, lo que puede implicar deudas acumuladas por años. En un país con altos niveles de informalidad y precariedad laboral, esto puede convertirse en una carga difícil de cumplir.

Aquí surge una pregunta incómoda pero necesaria: ¿cómo garantizar el derecho del menor sin convertir al deudor alimentario en alguien condenado a la imposibilidad permanente? La ley debe ser firme, sí, pero también inteligente y sensible a la realidad social.

Otro riesgo es el aumento de conflictos familiares. Litigios largos, relaciones aún más rotas y procesos judiciales que, si no se manejan con cuidado, pueden terminar afectando emocionalmente a los propios menores.

Así que la resolución de la Suprema Corte es, en esencia, correcta y necesaria. Protege a quienes históricamente han sido los más vulnerables: niñas y niños. Pero su aplicación debe ir acompañada de políticas públicas, mediación familiar y mecanismos reales que permitan cumplir la obligación sin generar nuevos daños.

La justicia no solo debe señalar quién debe pagar, sino cómo lograr que se cumpla sin destruir lo poco que queda del tejido familiar.

Al final del día, esta decisión nos recuerda algo elemental: ser padre no es solo un acto biológico, es una responsabilidad que no se puede delegar ni esconder. Y mientras más pronto lo entendamos como sociedad, menos juicios, menos abandono y menos infancias rotas tendremos que lamentar, pues la justicia no solo es teoría, es vida cotidiana

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