La Agencia Tributaria sigue siendo un tema de gran interés para los contribuyentes en España, especialmente en lo que respecta a las devoluciones de impuestos. Así, desde TaxDown se recuerda que Hacienda tiene hasta seis meses para realizar estas devoluciones sin incurrir en intereses de demora, lo que significa que muchos contribuyentes podrían no ver su ingreso hasta finales del año.
Uno de los principales motivos por los cuales Hacienda aún no ha efectuado las devoluciones puede ser la necesidad de llevar a cabo comprobaciones o revisiones individuales de las declaraciones. Esto es particularmente cierto en el caso de los trabajadores autónomos, quienes pueden enfrentar un análisis más exhaustivo en cuanto a la veracidad de los ingresos y gastos declarados. En algunas ocasiones, puede haber información incorrecta, ingresos desactualizados o salarios que no se alineen con los manejados por la Agencia.
La complejidad de cada declaración contribuye a que los plazos y tiempos de tramitación varíen considerablemente. Factores como la carga de trabajo en la administración tributaria y posibles verificaciones adicionales sobre deducciones aplicadas, ya sean a nivel estatal o autonómico, también influyen en el proceso.
Los contribuyentes tienen a su disposición un servicio en la web de la Agencia Tributaria para verificar el estado de su solicitud de devolución. Mediante acceso con certificado electrónico, Clave PIN o número de referencia del borrador, pueden encontrar mensajes tales como “Su declaración se está tramitando” o “Su declaración está siendo comprobada”.
El manejo de los resultados finales de una declaración puede dar lugar a distintas situaciones. En algunos casos, el resultado puede resultar en una cantidad a pagar, lo que dependerá del tipo de error encontrado en la declaración. En otras, donde la cantidad a devolver es menor de lo que se había solicitado originalmente, Hacienda deberá pagar intereses, aunque solo por la parte de la cantidad final que le corresponde al contribuyente. Y, por último, si el importe de la devolución es el correcto pero Hacienda se retrasa, deberá pagar intereses correspondientes al tiempo que haya tardado en procesar la devolución, siempre que sea a partir del 1 de enero de 2026.
Cuando se da esta situación de retraso, la ley de IRPF estipula que el ingreso debe realizarse dentro de los seis meses posteriores a la finalización del plazo de presentación de la declaración. Si esta se ha presentado fuera del plazo, el conteo de meses comenzaría desde la fecha de presentación.
Los intereses de demora se establecen en un 4,0625% anual desde que expira el plazo de seis meses hasta que se realiza el pago correspondiente. Este porcentaje, que ha variado en los últimos años, lo fija el Gobierno en la Ley de Presupuestos Generales, lo que le da un marco regulador claro.
Finalmente, es importante mencionar que todos los contribuyentes recibirán notificaciones de Hacienda respecto a los intereses de demora que les correspondan, asegurando así la transparencia y claridad en estos procedimientos. La fecha de esta información corresponde a la publicación original, el 13 de agosto de 2025.
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