El Tribunal Supremo de España ha determinado que la ley del “solo sí es sí” podrá considerarse para la rebaja de penas en casos de agresión sexual. En su sentencia, el alto tribunal rechaza la idea de que esta ley pueda ser considerada como un agravante en este tipo de delitos, aunque sí podrán ser tenidos en cuenta para la atenuación de las penas. Esta decisión ha sido muy criticada por diversos colectivos feministas, que aseguran que esta ley es fundamental para proteger a las víctimas de este tipo de delitos.
La sentencia del Tribunal Supremo tiene su origen en el caso de un hombre que fue condenado por abusar sexualmente de una mujer, pero que logró una rebaja en su pena gracias a que su defensa argumentó que la relación sexual había sido consentida. La nueva sentencia considera que la ley del “solo sí es sí” puede ser tenida en cuenta para la valoración de la credibilidad de las víctimas, pero que no puede utilizarse como criterio para agravar la pena.
Diversas organizaciones feministas consideran que esta sentencia supone un retroceso en la lucha contra la violencia machista, ya que la ley del “solo sí es sí” es una medida imprescindible para proteger a las mujeres frente a la violencia sexual. Según estas organizaciones, la decisión del Tribunal Supremo resta validez a esta ley y supone una limitación a la justicia feminista.
Está por ver cómo afectará esta sentencia a la aplicación de la ley del “solo sí es sí” en los casos de agresión sexual en España. Lo que parece claro es que esta decisión del Tribunal Supremo ha generado un intenso debate en la sociedad española sobre el papel de la justicia en la protección de las víctimas de la violencia sexual y sobre la necesidad de seguir avanzando en la lucha contra el machismo y la violencia de género.
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