Desde diciembre pasado, el Reglamento europeo de mercados de criptoactivos (MiCA) ha llegado a su primer año de plena implementación, posicionándose a la Unión Europea como pionera en la creación de un marco legal sólido para los stablecoins y los proveedores de servicios de criptoactivos. Esta regulación, al estandarizar el mercado, busca convertirse en un modelo referente para otras regiones, incluyendo América Latina, que está presenciando un rápido crecimiento en la adopción de criptoactivos.
Según el último informe de la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA), para diciembre de 2025, se contabilizaban ya 102 proveedores de servicios de criptoactivos operando en la UE. Este auge ha sido impulsado por un mayor involucramiento de entidades bancarias, que ofrecen servicios más seguros en el ámbito. Sin embargo, el número de emisores de stablecoins aún es limitado, con únicamente 30 actores activos en este sector.
Es importante señalar que el registro de la ESMA abarca solamente aquellas entidades con una autorización completa bajo MiCA. Los operadores existentes tienen hasta el 1 de julio de 2026 para regularizar su estatus, lo que representa un periodo de transición clave en la evolución de este mercado.
A nivel global, países como Estados Unidos y el Reino Unido están siguiendo las tendencias regulatorias establecidas por la UE. Mientras tanto, varios gobiernos de América Latina han comenzado a desarrollar sus propios marcos normativos. Brasil y El Salvador han avanzado significativamente en este ámbito, y otros países de la región están en proceso de presentar propuestas legislativas concretas para abordar la creciente actividad relacionada con los criptoactivos. El modelo de MiCA podría ser fundamental para inspirar estas regulaciones, especialmente en aspectos cruciales como la protección del usuario y el registro de proveedores.
No obstante, dos cuestiones han acaparado las discusiones en torno a estas regulaciones: el pago de intereses a los tenedores de stablecoins y la práctica de multi emisión en diferentes jurisdicciones. En Estados Unidos, la legislación aún se encuentra en desarrollo para clarificar el pago de intereses, un tema que ha generado preocupación por el riesgo de que los stablecoins puedan desplazar a los depósitos bancarios. Por el contrario, MiCA establece una prohibición clara al respecto.
La multi emisión, que permite a entidades de diversas jurisdicciones emitir stablecoins idénticas bajo distintos regímenes regulatorios y con reservas separadas, también ha suscitado un intenso debate. Aunque MiCA no regula explícitamente esta práctica, la potencial insuficiencia de reservas para respaldar la emisión ha generado inquietudes sobre las protecciones adecuadas para los consumidores europeos. Este debate pone de manifiesto la relevancia de la interoperabilidad entre marcos regulatorios y la necesidad de un enfoque internacional convergente. Mientras que ciertas legislaciones, como la Genius Act en EE.UU., consideran acuerdos de reciprocidad para emisores extranjeros, MiCA parece no contemplar estas disposiciones, lo que podría complicar la supervisión.
Con el fin de ofrecer claridad, se espera que la Comisión Europea emita orientaciones sobre la regulación de stablecoins, lo que facilitará a las autoridades la supervisión efectiva de este sector. En este contexto, la prioridad de las jurisdicciones, incluidas muchas en América Latina, debe ser la búsqueda de dicha interoperabilidad. Solo a través de un enfoque colaborativo se podrá evitar la fragmentación de un mercado que, por su naturaleza, es global.
A medida que la regulación de criptoactivos avanza, queda claro que tanto en Europa como en América Latina, la evolución de estos marcos legales será crucial para mantener el ritmo de crecimiento y consolidar un entorno seguro para todos los participantes en el mercado.
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