Para evitar su posible fuga del país, un juez de control ratificó la prisión preventiva justificada que le había impuesto al exprocurador General de la República, Jesús Murillo Karam, para que se le siga el proceso penal por los delitos de obstrucción a la justicia, desaparición forzada de personas y tortura, todos cometidos de manera dolosa.
Al cierre de la audiencia inicial celebrada en el Reclusorio Norte y luego de que le dictara auto de vinculación a proceso, el juez de control, Marco Antonio Fuerte Tapia, otorgó a la Fiscalía General de la República 3 meses para concluir la investigación complementaria.
Las razones para mantener la prisión preventiva justificada es el riesgo de fuga, ya que el ex titular de PGR podría enfrentar una pena máxima de 22 años de prisión.
En el cierre de la audiencia, la mamá de uno de los 43 estudiantes normalistas desaparecidos solicitó la palabra para preguntarle a Murilllo Karam “que nos diga en dónde están nuestros hijos, en donde los dejó”.
El exprocurador prefirió guardar silencio y se retiró visiblemente molesto.
Fue una audiencia ríspida, en la que incluso el juez Fuerte Tapia apercibió abogado Antonio López Ramírez, defensor de Murillo, por confrontarlo y levantarle la voz en una de sus exposiciones.
La Fiscalía General de la República defendió su petición de imputar los delitos de desaparición forzada de personas, en la modalidad de ocultar los hechos, obstrucción a la justicia y tortura a Murillo Karam, por considerar que hay indicios razonables para abrir el proceso penal en su contra y seguir con las investigaciones de este caso.
“Estamos en una etapa temprana de la investigación, la vinculación a proceso es para poder continuar con la misma”, expresó la fiscal Lidia Bustamante.
En tanto, la defensa del extitular de la PGR pidió invalidar como datos de prueba las tres conferencias de prensa que ofreció Jesús Murillo Karam sobre el caso Ayotzinapa cuando era procurador, con el argumento de que son autoincriminatorias, destacando que hay precedentes legales que justifican anular cualquier declaración de un imputado, aunque no se hayan rendido ante una autoridad judicial o ministerial.
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