La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la controversia constitucional que presentó el Congreso de Tamaulipas para impugnar la resolución de la Cámara de Diputados que avaló acción penal contra el gobernador Francisco Javier García Cabeza de Vaca, por lo que será el alto tribunal el que decida quién tiene la razón.
Así lo decidieron por mayoría los ministros de la Primera Sala de la Corte al avalar el proyecto de la ministra Norma Lucía Piña Hernández, quien sostiene que el desafuero del gobernador tamaulipeco sí requiere de su resolución en la Corte, pues ambos poderes legislativos, el federal y el estatal, acusan la intromisión en asuntos de su competencia.
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El ministro precisó que el gobernador puede ser enjuiciado una vez que termine su cargo hasta el año 2022. El otro voto en contra fue del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.
Tras el desechamiento de la controversia, la Fiscalía General de la República (FGR) interpuso un recurso de reclamación argumentando que corresponde al Ministerio Público Federal la persecución ante los tribunales de todos los delitos del orden federal y solicitar las medidas cautelares contra los imputados, así como buscar presentar las pruebas que acrediten la participación de estos en los hechos.
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La Corte decidió que el recurso de reclamación fuera asignado para su estudio a la ministra Piña, quien este jueves consideró que el tema sí requiere de su resolución en el máximo tribunal, pues ambos poderes legislativos, el federal y el estatal, acusan la intromisión en asuntos de su competencia.
“En este sentido, esta Sala considera que debe reconocerse legitimación a la Fiscalía General de la República como parte autónoma para recurrir una decisión de esa naturaleza, pues subsiste el interés púbico objetivo de que se revise la legalidad de la decisión del Ministro instructor de desechar de plano una demanda de controversia constitucional, en la que la actora plantea lo que considera una grave intromisión en su ámbito de competencia regulado directamente en el párrafo quinto del artículo 111 de la Constitución federal”, señala el proyecto.
La ministra explica que la solución de este problema interpretativo de índole constitucional exige, sin duda, consideraciones de cierta profundidad, pues requieren de condiciones reflexivas propias de la sentencia, como son el tiempo, el estudio y la serenidad suficientes para emitir una resolución adecuada al respecto.