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SCJN impide cobro de ISR en herencias de afores.

Redacción by Redacción
3 julio, 2026
in Negocios
Reading Time: 3 mins read
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SCJN rechaza cobro de ISR sobre las afores heredadas
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El reciente fallo del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha marcado un precedente significativo en el manejo de los fondos de trabajadores fallecidos. El 3 de julio de 2026, la Corte decidió que los beneficiarios del dinero que manejan las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore) no deberán pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) sobre estos recursos. Esta decisión pone fin a un debate que ha persistido en los tribunales sobre la naturaleza fiscal de estos fondos.

El proyecto de sentencia, presentado por la ministra Sara Herrerías Guerra, buscaba establecer que los recursos entregados a los beneficiarios en caso de fallecimiento deberían considerarse ingresos, y por ende sujetos a impuestos. Sin embargo, tras una contundente discusión, el proyecto fue rechazado con seis votos en contra, mientras que solo tres ministros apoyaron la propuesta, incluyendo a la propia ponente y a Lenia Batres Guadarrama y Estela Ríos González.

La Contradicción de criterios 49/2026, que motivó esta resolución, surge de diferentes interpretaciones legales sobre lo que constituyen estos recursos en el marco de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Un tribunal previo había argumentado que el dinero pertenece a una herencia y, por lo tanto, es considerado un legado, lo que lo haría exento de ISR. Por el contrario, otro tribunal mantenía la postura de que las excepciones a las normativas fiscales deben aplicarse estrictamente, requiriendo que el beneficiario fuera un legatario reconocido a través de un testamento.

Durante la deliberación, la ministra Yasmín Esquivel Mossa votó en contra, enfatizando que quienes reciben estos fondos deberían ser tratados como beneficiarios exentos de impuestos. Asimismo, Irving Espinosa Betanzo destacó que, en su opinión, si el trabajador hubiese retirado el dinero en vida, no habría estado sujeto a gravámenes, refiriéndose a la normativa de la Ley del ISR y del Seguro Social.

El presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, también expresó su desacuerdo con la propuesta original, subrayando que consideraba esta situación como una injusticia que justificaba su voto en contra.

El fallo no solo proporciona claridad sobre la exención de impuestos en los fondos de Afore para los beneficiarios de trabajadores fallecidos, sino que también resalta la complejidad de las decisiones fiscales en el país. Esta resolución podría tener un impacto profundo en la gestión de los ahorros de los mexicanos y en la forma en que se manejan las herencias, particularmente en un sistema donde la seguridad social y los derechos de los trabajadores son temas de creciente relevancia.

La SCJN ahora procederá a elaborar el fallo correspondiente en función de la decisión mayoritaria, un proceso que se espera que clarifique aún más las implicaciones legales y fiscales para los beneficiarios de estos fondos. En un contexto donde las determinaciones fiscales pueden tener consecuencias significativas en la vida de los ciudadanos, esta decisión se presenta como un paso importante hacia un sistema más equitativo.

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Tags: AforescobroColumna DigitalfiscalidadheredadasImposiciónISRrechazaSCJNSobre
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