Toda persona mayor de edad estará obligada a la realización de las “prestaciones personales” que exijan las autoridades competentes, siguiendo las directrices del Consejo de Seguridad Nacional, cuando se declare en España un estado de crisis. En este supuesto, todos los ciudadanos sin excepción deberán cumplir las órdenes e instrucciones que impartan las autoridades.
Así lo establece la reforma de la Ley de Seguridad Nacional que prepara el Gobierno y que incorpora algunas de las lecciones aprendidas durante casi año y medio de crisis sanitaria.
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En el supuesto de que en España se declarase un estado de crisis (“situación de interés para la Seguridad Nacional” es la denominación que le da la ley), las autoridades también podrán proceder a la requisa temporal de todo tipo de bienes, a la intervención u ocupación provisional de los que sean necesarios o a la suspensión de todo tipo de actividades.
Aunque el anteproyecto no lo especifica. Se supone que las prestaciones personales y la requisa de material estarán relacionados con el tipo de crisis de que se trate. De carácter sanitario, medioambiental, económico, financiero, etcétera. Lo que sí deja claro el articulado es que las medidas que se adopten serán graduales y proporcionadas a la situación que haya que afrontar. Se limitarán al tiempo estrictamente necesario para superar la situación de crisis.


