El Vaticano ha anunciado este martes una reforma histórica del Código de Derecho Canónico —la primera de esta envergadura en 40 años—, que endurece las sanciones contra los abusos a menores, pero también a mayores en una situación de vulnerabilidad de distintos tipos. La modificación incluye, además, un artículo que define la pederastia como “un delito contra la dignidad humana” que puede derivar en la expulsión del estado clerical, algo que las víctimas habían solicitado durante décadas y que en la versión del viejo código no se incluía y se dejaba en manos del criterio papal en cada caso. La reforma, en realidad, organiza dentro del nuevo código todos los avances legales que ya se habían ido produciendo en los últimos meses. Especialmente después de la cumbre contra los abusos celebrada en el Vaticano en 2019, cuando se sentaron las bases de la nueva mirada de la Iglesia en este asunto.
La reforma más importante que contiene el documento quizá sea la que equipara el abuso a menores con el de determinados tipos de mayores de edad. Es decir, cuando se considere que hay un abuso de poder por parte de un clérigo a otra persona con finalidades sexuales, se aplicarán los mismos criterios que los que rigen para los menores. Una modificación que afronta el problema de los abusos en seminarios —donde los alumnos son mayores de edad— y que se encuentra en la base de los últimos grandes escándalos de la Iglesia, como el caso del cardenal estadounidense Theodre McCarrik, obligado a dimitir del estado clerical tras constatarse el sistema de abusos repetidos que puso en práctica en los años ochenta con seminaristas.
El nuevo código especifica de forma más clara los delitos, se separan algunos que estaban agrupados bajo el mismo paraguas introduciendo modalidades como la pornografía infantil y las sanciones se enumeran de forma exhaustiva. También se introduce una novedad de calado por la que se establece la posibilidad de suspender y sancionar a todos los fieles que cometan delitos de abusos y tengan algún tipo de responsabilidad en la Iglesia, aunque sea en una labor como ayudantes. Es decir, el código no solo aplica ya a clérigos, sino también a fundadores de movimientos religiosos laicos o administradores de iglesias. El cambio afectaría a muchos de los grandes escándalos vividos en la Iglesia en los últimos años que han permanecido impunes por la falta de herramientas para ser juzgados.
El Código de Derecho Canónico entró en vigor en 1983 y, desde entonces, no se había hecho ninguna reforma de este calado. El documento, de una dureza discutible, salió después del Concilio Vaticano II y suscitó amplias discusiones entre quienes consideraban que no era necesario que la Iglesia dispusiese de ese material. El papa Francisco ha considerado ahora que era “evidente” que se necesitaban cambios. “Muchos han sido los daños que ocasionó en el pasado la falta de comprensión de la relación íntima que existe en la Iglesia entre el ejercicio de la caridad y la actuación de la disciplina sancionadora”, ha admitido el Pontífice.
El Código incorpora también sanciones económicas para los abusadores, que pueden ir de la reducción de sueldo a multas. Pero también añade delitos como el intento de ordenar a las mujeres, el registro de las confesiones, la consagración eucarística con finalidad sacrílega, la corrupción en actos de oficio o la administración de sacramentos a personas a quienes les están prohibidos. Juan Ignacio Arrieta, Secretario del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos (dicasterio encargado de la reforma), en una entrevista con los medios vaticanos, ha señalado cree que el Código es ahora mucho más claro. “El texto determina con mayor precisión el comportamiento que deben tener las autoridades, los obispos, los superiores, cuando deben aplicar la norma y los criterios que deben seguir para elegir una pena u otra: una determinación del derecho penal de la que antes se carecía”.
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