Durante la conferencia matutina del pasado viernes, el secretario de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Marath Bolaños, describió como “histórica” la reciente reforma que añade un capítulo a la Ley Federal del Trabajo, específicamente dedicado a los trabajadores de plataformas digitales, tales como repartidores y conductores. Este avance legislativo es considerado un hito, pues reconoce una relación laboral “sui generis” y asegura derechos sin sacrificar la flexibilidad que caracteriza este tipo de empleo.
La presidenta Claudia Sheinbaum también resaltó la importancia de esta reforma, señalando que se alcanzó tras un proceso de diálogo con empresas del sector. Aunque al principio hubo resistencia, finalmente se comprendió la necesidad de proteger a quienes laboran en condiciones a menudo precarias.
A continuación, se presentan cinco aspectos clave de esta nueva legislación:
### 1. Seguridad social manteniendo la flexibilidad
La reforma asegura que aquellos trabajadores que generen ingresos iguales o superiores al salario mínimo mensual tendrán acceso completo a la cobertura del IMSS, así como a créditos del Infonavit. Esto incluye seguros por riesgos laborales, enfermedades, maternidad, invalidez, cesantía y acceso a guarderías, manteniendo al mismo tiempo la libertad de decidir su horario y tiempo de trabajo.
### 2. Transparencia en el uso de algoritmos
Un aspecto innovador de la reforma es la regulación de la gestión algorítmica. Las decisiones que afectan a los trabajadores, incluidas la asignación de pedidos y cualquier sanción, deberán ser comprensibles, auditables y revisadas por personas. Según Bolaños, “Nadie puede ser desconectado por un robot sin derecho a una audiencia”, asegurando así que la desconexión inmediata solo ocurra en situaciones graves como fraude o riesgos de seguridad.
### 3. Prohibición de cobros indebidos
La nueva legislación prohíbe a las plataformas cobrar a los trabajadores por el uso de la aplicación o utilizar contratos simulados para eludir responsabilidades laborales. Además, se establecerán protocolos específicos para prevenir el acoso y el hostigamiento en el ámbito laboral.
### 4. Sin aumento de impuestos ni cambios fiscales
Es importante destacar que la reforma no conlleva modificaciones al régimen fiscal existente. Los trabajadores de plataformas continuarán declarando de acuerdo a las mismas reglas del ISR e IVA. Aquellos que ya coticen en otros esquemas, como pensionados o inscritos en modalidad 40, tendrán la opción de combinar sus ingresos sin perder sus derechos.
### 5. Implementación gradual y evaluación piloto
El proceso de implementación iniciará el 1 de julio de 2025 con un programa piloto que se extenderá hasta el 31 de diciembre de ese año. Durante estos seis meses, se evaluará la eficacia de las nuevas regulaciones, permitiendo ajustes operativos según sea necesario. La entrada en vigor definitiva está programada para el 1 de enero de 2026, y en la próxima semana se publicarán los lineamientos oficiales en el Diario Oficial de la Federación, incluyendo normas sobre el aseguramiento ante el IMSS y los parámetros sobre el ingreso neto.
Esta reforma ha sido reconocida recientemente en la Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT en Ginebra, donde se destacó como un modelo innovador de regulación en la economía digital, centrado en el respeto de los derechos humanos y laborales sin imponer rigideces, reflejando una evolución significativa en la legislación laboral mexicana.
La información remitida corresponde a la fecha de publicación original, el 20 de junio de 2025, y no se han identificado actualizaciones adicionales hasta la fecha del 17 de octubre de 2023.
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