Las agencias de viajes en España han solicitado a la Junta Electoral Central que los ciudadanos con viajes contratados puedan quedar exentos de participar como miembros de las mesas electorales en las elecciones generales del 29 de noviembre de 20261.
La Confederación Española de Agencias de Viajes (CEAV) ha presentado esta petición para que se unifiquen criterios y se reconozcan los viajes contratados como motivo válido de exención, a la espera de una respuesta del organismo público1.
Qué piden las agencias y por qué
La CEAV ha elevado una consulta formal para que los viajes contratados, tanto paquetes como reservas individuales, sean considerados motivo de exención para los ciudadanos convocados a mesas electorales en las próximas elecciones generales1.
Las agencias argumentan que la medida evitaría conflictos entre los compromisos adquiridos por los viajeros y la obligación de participar en las mesas, una situación que ya generó controversia en elecciones anteriores celebradas en periodos vacacionales1.

El precedente de 2023 y los criterios aplicados
En las elecciones generales de julio de 2023, celebradas en plena temporada estival, la Junta Electoral Central (JEC) permitió valorar los viajes vacacionales contratados antes de la convocatoria como causa excepcional de exención, siempre que se cumplieran tres condiciones: la reserva debía haberse realizado antes del 30 de mayo de 2023, el solicitante debía acreditar documentalmente un perjuicio económico grave por la cancelación, y la exención dependía de que la mesa pudiera constituirse con suplentes y electores disponibles1.
La JEC aclaró posteriormente que este criterio fue estrictamente excepcional y no se incluyó en la lista permanente de causas de exención, por lo que actualmente los viajes contratados no eximen automáticamente de la obligación de formar parte de una mesa electoral1.
Cómo se tramita la exención y próximos pasos
Según el procedimiento vigente, los ciudadanos que reciban la notificación de convocatoria disponen de siete días para presentar alegaciones ante la Junta Electoral de Zona, justificando documentalmente el perjuicio económico que supondría cancelar su viaje1.
La decisión final sobre la exención corresponde a la Junta Electoral de Zona, que evalúa cada caso y garantiza que la constitución de la mesa no se vea afectada1. La CEAV espera una respuesta de la Junta Electoral Central sobre si se mantendrán los criterios excepcionales o si habrá cambios para las elecciones de noviembre de 20261.
Preguntas frecuentes
¿Pueden los viajes contratados eximir de participar en mesas electorales?
Actualmente, tener un viaje contratado no exime automáticamente de la obligación de participar en una mesa electoral. Solo en las elecciones de 2023 se aplicó un criterio excepcional, y la Junta Electoral Central aún no ha decidido si lo mantendrá para 20261.
¿Qué criterios usa la Junta Electoral para eximir a ciudadanos de las mesas electorales?
En 2023, la Junta Electoral Central exigió que el viaje se hubiera contratado antes de la convocatoria electoral, que se acreditara un perjuicio económico grave por la cancelación y que la exención no impidiera la constitución de la mesa1.
¿Qué hacer si estoy convocado a una mesa electoral y tengo un viaje programado?
Debes presentar alegaciones documentadas ante la Junta Electoral de Zona en un plazo de siete días desde la notificación, justificando el perjuicio económico de cancelar el viaje. La Junta decidirá si concede la exención1.
Nota de la Redacción: esta nota se basa en la información disponible al publicarla y se actualizará si otras fuentes aportan más datos.
Fuentes
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Datos basados en información reportada originalmente por Hosteltur.






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