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Corte pospone discusión sobre Fondo de Pensiones

Redacción by Redacción
12 agosto, 2026
in Negocios
Reading Time: 2 mins read
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Corte aplaza debate sobre el Fondo de Pensiones
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El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se enfrenta a un importante desafío jurídico al posponer la discusión sobre la validez del decreto que estableció el Fondo de Pensiones para el Bienestar, promulgado el 30 de abril de 2024. Esta decisión se tomó en medio de una sesión que se extendía y donde, a pesar de la urgencia, no se pudo abordar el tema crucial, lo que llevó al presidente del máximo tribunal, Hugo Aguilar Ortiz, a clausurar la sesión y reprogramar la agenda.

La acción de inconstitucionalidad, identificada como 116/2024, fue presentada el 28 de mayo de 2024 por los diputados de la minoría parlamentaria de la Cámara de Diputados de la anterior Legislatura, correspondiente a la LXV. Los legisladores de partidos como el PAN, PRI y PRD argumentan que el proceso legislativo para aprobar el decreto no fue respetado, infringiendo así derechos fundamentales relacionados con la propiedad privada y la seguridad social.

El controvertido decreto establece que, al alcanzar 70 años los afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y 75 años aquellos del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) deben transferir automáticamente los ahorros al Fondo de Pensiones para el Bienestar. Esto se realizaría sin necesidad de resolución judicial previa, un aspecto que ha suscitado un intenso debate.

El Fondo de Pensiones para el Bienestar, creado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y administrado por el Banco de México (Banxico), se presenta como una alternativa para complementar las pensiones de quienes han trabajado bajo el régimen de la Ley 97. El objetivo es igualar las pensiones al salario promedio del último año cotizado, estableciendo un límite específico.

En un resumen del fallo, la SCJN sostiene que los artículos impugnados no vulneran el derecho a la propiedad de los trabajadores ni el principio de seguridad jurídica. Según el tribunal, los argumentos presentados se basan en una premisa equivocada: la consideración de que la reforma implica una privación o confiscación de los ahorros de los trabajadores, lo cual, según el análisis jurídico, no es el caso.

Con la incertidumbre aún en el aire, la SCJN se prepara para retomar la discusión sobre este tema crucial en su próxima sesión, donde se espera que se aclaren las controversias y se brinde una respuesta definitiva al futuro de este fondo pensional que afecta a miles de trabajadores en México. La atención permanece fija en el proceso, reflejando la preocupación social y política frente a la seguridad económica de la población en sus años de retiro.

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Tags: aplazaColumna DigitalCortedebatefondoPensionesSobre
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