Una reciente resolución del Tribunal Federal del Distrito Norte de California ha generado un cambio significativo en el etiquetado de alimentos transgénicos en Estados Unidos. A partir del 1 de enero de 2028, se darán por anuladas tres disposiciones claves de la normativa federal que actualmente rige la información sobre alimentos obtenidos mediante bioingeniería. Esta decisión marca un hito en la larga batalla judicial sobre el National Bioengineered Food Disclosure Standard, el sistema que obliga a informar sobre productos bioingenierizados.
La polémica centra en dos aspectos críticos. Primero, la exclusión general de ciertos alimentos e ingredientes altamente refinados, tales como aceites y azúcares, cuando el material genético modificado no es detectable. Segundo, la posibilidad de cumplir con la regulación usando códigos QR o enlaces digitales, lo que ha sido cuestionado debido a problemas de accesibilidad, particularmente para consumidores mayores y aquellos con menos recursos.
El juez James Donato, responsable de la resolución, ha indicado que el Departamento de Agricultura de Estados Unidos (USDA) tendrá que reestructurar estos criterios. Aunque esta modificación no se implementará de inmediato, las disposiciones vigentes seguirán aplicándose hasta la fecha establecida, lo que permite a las empresas mantener sus envases actuales por el momento.
El Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito subrayó que la falta de detección del material genético modificado no equivale a su ausencia, lo cual contradice la interpretación del USDA, que había excluido productos refinados de su definición de alimento bioengineered. Aunque la nueva regulación no requerirá que todos los productos refinados lleven necesariamente una indicación, el USDA deberá justificar sus criterios en el futuro.
Un aspecto adicional del litigio ha sido el uso exclusivo de sistemas digitales para proporcionar información. A pesar de que se permitían alternativas digitales en la regulación original de 2016, un análisis del USDA destacó que muchos consumidores podrían no tener acceso a la tecnología necesaria para obtener esa información. La legislación de 2018 mantuvo esta opción de digitalización, pero fue considerada insuficiente por varias instancias judiciales, que enfatizaron la necesidad de ofrecer alternativas accesibles.
El contexto histórico de este asunto se remonta a 2012, cuando un grupo de miembros del Congreso instó a la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA) a revisar su política sobre etiquetado de alimentos transgénicos. La legislación federal aprobada en 2016 estableció finalmente un sistema obligatorio de divulgación, que entró en vigor en 2022. No obstante, la controversia sobre la definición de los productos incluidos y los métodos de divulgación ha persistido.
En cuanto a la terminología, el uso del término “bioengineered” fue defendido por los tribunales, que consideraron razonable mantener el lenguaje de la legislación aprobada en lugar de adoptar términos más conocidos como “genetically modified” o “GMO”.
De cara al futuro, el proceso que conducirá a la nueva normativa se desarrollará en el marco de un escenario que sigue buscando una solución definitiva al etiquetado transgénico en Estados Unidos. Si bien la fecha de 2028 está establecida, todavía queda por determinar cómo se reestructurarán los criterios para informar al consumidor y garantizar un acceso equitativo a la información, sin dejar de lado la observancia de las obligaciones legales.
Esta normativa es un indicativo de la evolución constante en el panorama alimentario, donde la transparencia y la accesibilidad de la información juegan un papel crucial en la toma de decisiones por parte de los consumidores.
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