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El juez que condenó a Juana Rivas ordena su ingreso en prisión sin atender su petición de indulto

La condena completa de Rivas incluye dos años y medio de prisión por un único delito de sustracción de menores

Redacción by Redacción
27 mayo, 2021
in Internacional
Reading Time: 2 mins read
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El juez Manuel Piñar, titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Granada, que en julio de 2018 condenó a Juana Rivas a cinco años de cárcel por dos delitos de sustracción de menores, ha ordenado la detención y el ingreso en prisión de la mujer, según ha confirmado este jueves su abogado, Carlos Arangüez. La pena original, no obstante, fue reducida a dos años y medio de prisión por el Tribunal Supremo hace un mes, el 26 de abril.

El letrado considera que la decisión del tribunal de ordenar el ingreso en prisión en este momento, cuando el Ejecutivo aún no ha resuelto nada, es “muy injusta”. Y ha indicado que “hoy mismo [por este jueves]” presentará “un recurso contra el auto que acuerda el inmediato ingreso en prisión, solicitando que se deje sin efecto en tanto se resuelva el mencionado indulto”. La condena completa de Rivas incluye dos años y medio de prisión por un único delito de sustracción de menores, seis años de pérdida de la patria potestad sobre sus dos hijos menores de edad y el pago de una indemnización a su expareja, Francesco Arcuri, de 12.000 euros.

Pocos días después de la sentencia del Supremo, el abogado de Rivas presentó la petición de indulto ante el Gobierno por entender, según explicó entonces en un comunicado, que se cumplían todos los requisitos para que se le otorgara esa medida de gracia. Arangüez consideraba entonces bastante probable que el juez tuviera en cuenta esa petición para paralizar la ejecución de condena modificada por el Supremo. No ha sido así.

El auto del juez Manuel Piñar no hace referencia a la petición de indulto directamente, pero hace varias menciones, en los apenas dos folios que tiene, a la necesidad de ejecutar la sentencia “adoptando sin dilación las medidas necesarias para que el condenado ingrese en el establecimiento penal”. Antes, el juez reconoce que la sentencia es firme, que no admite recurso y que al ser superior a dos años no procede la suspensión. Por todo ello, Piñar insta a las fuerzas policiales a que antes de 15 días presenten a Juana Rivas en su juzgado o en el de guardia para que se le notifique en persona el auto de ingreso en prisión y darle, quizá, un día o dos de margen para que ingrese en la cárcel voluntariamente. Igualmente, requiere a Rivas el pago de los 12.000 euros “con apercibimiento de proceder a la vía de apremio en caso de impago”. El juez, en esa línea, también da por definitiva la pérdida de la patria potestad e indica que el Registro Civil debe ya anotar para que sea efectiva esa privación de derechos para los próximos seis años.

La nota precedente contiene información del siguiente origen y de nuestra área de redacción.

Tags: JuezJuzgadoManuel PiñarTribunal Supremo
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