Miguel Bosé abandonó en 2019 la lista de morosos con Hacienda al satisfacer parte de la deuda, de 1,8 millones de euros, que mantenía con Hacienda. Pero el intérprete de Amante Bandido aún mantiene sus cuitas con el fisco. Ahora acaba de perder la última batalla en los tribunales. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado un recurso de Bosé contra una multa de la Agencia Tributaria por deducirse indebidamente gastos de sus empresas, que en realidad eran de índole personal.
El artista, a través de una de sus empresas Costaguana, se dedujo el IVA de gastos como la compra de jamones y embutidos, tratamientos de fisioterapia, su entrenador personal, el servicio doméstico o reparaciones en el jardín de su vivienda. También utilizó la factura de los servicios de seguridad de un inmueble en Pozuelo de Alarcón para reducir indebidamente, según el criterio del fisco, su factura tributaria. Hacienda tampoco consideró deducibles las cuotas del renting de su coche, un Audi de alta cilindrada, así como las reparaciones de un Mercedes y un Toyota. Por todo ello reclama a la empresa 55.350,53 euros más otros 23.536,87 euros de sanción, según la sentencia dictada el pasado 3 de marzo.
“Esos gastos no corresponden a la actividad desarrollada por Costaguana, sino que son gastos de índole personal o particular de Miguel Bosé y/o liberalidades y en ningún momento pueden considerarse deducibles en el IVA por no estar directamente afectadas a la realización de una actividad empresarial o profesional”, según la Agencia Tributaria, cuyo criterio es avalado por los jueces en la sentencia. “El examen de las facturas controvertidas permite constatar que es correcta la negativa de la administración a la deducción del IVA”, refrendan los magistrados.
El artista acudió a los tribunales para recurrir una sentencia previa del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid, que le reclamaba a Costaguana esas cantidades por el IVA del segundo trimestre de 2010 y el cuarto trimestre de 2011. Bosé alegó, entre otras cosas, que se anulara la ampliación de las actuaciones inspectoras porque no le fue notificado correctamente.
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