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Jueces rechazan amparos de ciudadanos contra del PANAUT

PANAUT obliga a ciudadanos a entregar datos biométricos.

por en NacionalTiempo de lectura: 2 min

Jueces federales especializados en telecomunicaciones comenzaron a rechazar de forma masiva amparos en contra del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), que obliga a ciudadanos a entregar datos biométricos. Hasta el momento han rechazado 91 solicitudes a usuarios y solo admitido a trámite 86.

En todos los casos, el argumento es que la presentación es prematura, porque la reforma legal todavía no causa afectaciones a los clientes de telefonía celular.

Mientras que la Presidencia de la República interpuso cuatro quejas para impugnar la suspensión provisional que le concedió el magistrado Juan Pablo Gómez Fierro, a ciudadanos contra el PANAUT, con lo que suman cinco los medios legales contra dichas medidas.

Este martes, el magistrado Primero de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, Rodrigo de la Peza, rechazo otras 38 demandas de amparo bajo el argumentado que la recolección de datos y su registro en el PANAUT, se encuentra supeditada a que el IFETEL emita las disposiciones administrativas de carácter general correspondientes.

Señala que, por el momento, hay una imposibilidad jurídica para que los concesionarios de telecomunicaciones, y en su caso, los autorizados, recaben e integren información sobre la identidad, datos biométricos y domicilio del usuario, ya que para ello deben utilizar medios digitales y medios remotos que garanticen la verdad e integridad de la información.

Contrario a ello, el magistrado Juan Pablo Fierro otorgó ayer 58 suspensiones provisionales que, sumadas a las 28 de hoy, dan un total de 86 medidas cautelares.

Fierro considera que la suspensión de la línea telefónica a aquellos usuarios que no registren sus datos en el padrón, podría incidir en otros derechos como el acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones.

Precisa que la medida cautelar es para que no se aplique al quejoso la obligación establecida en la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión consistente en registrar sus línea telefónica móvil en el PANAUT para no perderla.

Por su parte la Presidencia de la República y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) interpusieron otros cuatro recursos de queja para impugnar las suspensiones provisionales que se les concedieron a los particulares que se oponen a registrar sus datos en el PANAUT, con lo que suman cinco las quejas interpuestas.

La nota precedente contiene información del siguiente origen y de nuestra área de redacción.

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Datos basados en información reportada originalmente por elsoldemexico.com.mx.

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