El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha ratificado la validez constitucional de las infracciones de tránsito registradas mediante sistemas automatizados, como las fotomultas, en la Ciudad de México. Este fallo establece que el propietario del vehículo es considerado “responsable solidario” por las infracciones, independientemente de quién esté conduciendo en el momento de la infracción.
El tribunal determinó que los artículos 60 y 64 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, junto con la Ley que Regula el Uso de Tecnología para la Seguridad Pública de la Ciudad, no violan derechos fundamentales, como el derecho a la legalidad y a la audiencia, previstos en el artículo 14 de la Constitución. Estos dispositivos legales se centran en regular el valor probatorio de la información proporcionada por tecnología, permitiendo además la refutación de estas infracciones sin atribuir directamente la responsabilidad al propietario del vehículo.
El caso se presentó en forma de amparos directos en revisión, los cuales fueron analizados por dos ponencias distintas. En el primero, el juez Giovanni Figueroa Mejía proponía amparar al demandante que había acumulado 13 infracciones por exceso de velocidad. Sin embargo, esta propuesta fue desestimada con un voto en contra de la mayoría del tribunal.
En el segundo amparo, la ponencia de Sara Herrerías Guerra sugería confirmar la sentencia original, lo que fue aprobado con una clara mayoría de votos. Así, la Corte reafirma su posición respecto a las fotomultas, en medio de un creciente debate sobre su aplicación y la carga que estas infracciones generan en los propietarios de los vehículos.
La decisión de la SCJN busca establecer un marco claro en relación con las normas de tránsito y el uso de tecnología en la vigilancia vial, asegurando así que se mantengan procedimientos justos para todos los involucrados. Este pronunciamiento es fundamental para la regulación del tráfico en una de las ciudades más grandes y congestionadas del mundo, y se convierte en un referente para futuras controversias legales en el ámbito del derecho administrativo y de la seguridad vial.
Datos de esta resolución corresponden a octubre de 2026.
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